Hola, mi consulta va dirigida a los colegas de Córdoba.
En una sucesión donde el único bien es un inmueble ganancial de titularidad del cónyuge supérstite, la tasa de justicia (2%) y el aporte a la caja de abogados (1%) se calcula sobre el 100% del valor del bien o sólo sobre el 50%?
En una sucesión donde el único bien es un inmueble ganancial de titularidad del cónyuge supérstite, la tasa de justicia (2%) y el aporte a la caja de abogados (1%) se calcula sobre el 100% del valor del bien o sólo sobre el 50%?
