Por motivos de salud no voy a poder seguir con dos casos por despido.
Les pregunto:
1) Caso I: A una clienta, que me firmó una nota en la que se notifica de mi renuncia, le falta una audiencia del seclo, ¿puede ir sin problemas cualquier otro abogado con su credencial? Solo fui a la primera como patrocinante.
2) Caso II: El caso de él está cerrado en seclo, con acta de cierre. Hay un poder ya hecho ante la Cámara por mí a través del portal. El cliente se notificó en una nota común de que renuncio al caso y al poder. Como no se inició nada, no hay demanda ni nada, ¿no es necesario ninguna revocación más de un poder que no usé ni voy a usar, no?
3) ¿Podrá entonces otro abogado al que recurran habilitar desde el portal un nuevo poder para el mismo caso?
Gracias.
Perdón por las molestias.
Les pregunto:
1) Caso I: A una clienta, que me firmó una nota en la que se notifica de mi renuncia, le falta una audiencia del seclo, ¿puede ir sin problemas cualquier otro abogado con su credencial? Solo fui a la primera como patrocinante.
2) Caso II: El caso de él está cerrado en seclo, con acta de cierre. Hay un poder ya hecho ante la Cámara por mí a través del portal. El cliente se notificó en una nota común de que renuncio al caso y al poder. Como no se inició nada, no hay demanda ni nada, ¿no es necesario ninguna revocación más de un poder que no usé ni voy a usar, no?
3) ¿Podrá entonces otro abogado al que recurran habilitar desde el portal un nuevo poder para el mismo caso?
Gracias.
Perdón por las molestias.