Buenas tardes, antes que nada buena feria para todos, aquel que tenga que trabajar y pueda contestarme durante la feria le hago esta pequeña consulta:
El tema es así, mi cliente padece una enfermedad profesional, su empleador no le permitió hacer la denuncia ante la ART, terminó tratándose en su Obra social. El cliente nos llegó con muy poco tiempo, prescribe a mediados de agosto, largamos Seclo, no tiene denuncia en ART.
La idea es demandar por la vía sistémica, ley 26773. Cual es el marco legal para demandar a la ART y al Empleador, estaba pensando en el art 28 LRT, alguien se le ocurre algo?
muchas gracias
El tema es así, mi cliente padece una enfermedad profesional, su empleador no le permitió hacer la denuncia ante la ART, terminó tratándose en su Obra social. El cliente nos llegó con muy poco tiempo, prescribe a mediados de agosto, largamos Seclo, no tiene denuncia en ART.
La idea es demandar por la vía sistémica, ley 26773. Cual es el marco legal para demandar a la ART y al Empleador, estaba pensando en el art 28 LRT, alguien se le ocurre algo?
muchas gracias