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  • ARTICULO 28 INC. 1 LRT

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1145118  por Antonelat06
 
Hola a todos!! Me ha llegado un caso de un Sr. que ha sufrido un accidente de trabajo, le ha saltado una gota de cloro en su ojo izquierdo, y consecuentemente ha perdido la visión. En ese momento el empleador no se encontraba afiliado a ninguna ART (le rescindieron el contrato 4 meses antes por falta de pago), ni tampoco estaba autoasegurado. Con lo cual tengo dos opciones: o voy por la tarifada contra el empleador por art. 28 inc. 1 lrt o por extra sistémica.

Alguno ha interpuesto demanda alguna vez con fundamento al art. 28 inc. 1 de la ley 24.557?? Si es así me gustaría saber cual ha sido su experiencia. Tengo que probar que se ha tratado de un accidente de trabajo, cuento con historia clínica donde se menciona que no se ha pasado por art por haber rescisión del contrato, y consta que el abogado del empleador se comunico con la Dra. del accidentado para conocer su evolución. Además tengo dictamen de un medico especialista en trabajo e higiene y seguridad, y una psicóloga.

Si alguien me puede orientar un poco, agradezco!

Un saludo a todos