Hola... se me planteó la siguiente duda. empleada doméstica (niñera) que trabajaba 30 horas semanales. registrada. ahora le reducen a 21 horas semanales, pero haciéndole figurar 15 horas para pagar la 2da categoría del 102. a su vez, las restantes horas trabajaría de otra persona que también la regsitraría en la 2da categría. pero ambos empleadores le pagarían la diferencia de obra social para que no quede sin esa cobertura. en lo que respecta a la seguridad social, llegaría bien.
mi duda es si tiene que renunciar a todas las horas y empezar de cero o solo renunciar a las horas menos que tiene (en el caso 15 horas).
la contadora de la empleadora me dice que tiene que mandar telegrama:
"DEBIDO A (motivo) SOLICITO SE ME REDUZCA LA JORNADA DE TRABAJO QUE ES DE 09 A 12 Y DE 16.30 A 19.30 DE LUNES A VIERNES, A 09 A 12 TAMBIEN DE LUNES A VIERNES. EN LO QUE RESPECTA A LA REMUNERACIÓN, ACEPTO SU REDUCCIÓN PROPORCIONAL AL NUEVO HORARIO SOLICITADO"
y a su vez la empleadora deber responder: "SRA... HABIÉNDOSE PONDERADO LAS RAZONES QUE LA IMPULSAN A SOLICITAR LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO Y SUS BUENOS ANTECEDENTES LABORALES, SE LE NOTIFICA QUE ACEPTO SU PEDIDO A APRTIR DEL 01/08/2016 SIENDO SU REMUNERACIÓN MENSUAL DE $.... A APRTIR DE DICHA FECHA".
la reducción de la jornada no es causal de despido indirecto?? se trata de buscar siempre la solución que no afecte a ninguna de las partes... gracias y saludos...
mi duda es si tiene que renunciar a todas las horas y empezar de cero o solo renunciar a las horas menos que tiene (en el caso 15 horas).
la contadora de la empleadora me dice que tiene que mandar telegrama:
"DEBIDO A (motivo) SOLICITO SE ME REDUZCA LA JORNADA DE TRABAJO QUE ES DE 09 A 12 Y DE 16.30 A 19.30 DE LUNES A VIERNES, A 09 A 12 TAMBIEN DE LUNES A VIERNES. EN LO QUE RESPECTA A LA REMUNERACIÓN, ACEPTO SU REDUCCIÓN PROPORCIONAL AL NUEVO HORARIO SOLICITADO"
y a su vez la empleadora deber responder: "SRA... HABIÉNDOSE PONDERADO LAS RAZONES QUE LA IMPULSAN A SOLICITAR LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO Y SUS BUENOS ANTECEDENTES LABORALES, SE LE NOTIFICA QUE ACEPTO SU PEDIDO A APRTIR DEL 01/08/2016 SIENDO SU REMUNERACIÓN MENSUAL DE $.... A APRTIR DE DICHA FECHA".
la reducción de la jornada no es causal de despido indirecto?? se trata de buscar siempre la solución que no afecte a ninguna de las partes... gracias y saludos...