Hola... les comento el caso. mis clientes son los vendedores. se firmó boleto de CV de un inmueble. se pactó el precio en U$S y la forma de pago en 3 cuotas: la 1era con la firma del boleto, la 2da el 28/04/16 y el saldo el 28/10/2016 contra la escritura.
se le otorgó al comprador la posesión quieta y pacífica con el boleto.
el pago de la 2da cuota estaba supeditada a determinadas condiciones:
1.- conclusión de la sucesión del abuelo de mis clientes (dueño del inmueble).
2.-pago de deuda de imp inmob, tasa urbana.
3.- levantamiento de un embargo.
4.- confección de un plano, que se está llevando a cabo.
5.- levantamiento de una inhibición.
de todos estos puntos, quedaría pendiente el tema del plano., pero de no ser presentado a la fecha del 2do pago la compradora podrá retener del importe a pagar el costo del plano para su cancelación e inscripción.
A su vez se pactó en el boleto que las partes renuncian expresamente al derecho de arrepentirse y desisten de perseguir la restitución de la cosa vendida en caso de incumplimiento de la compradora. siendo la venta en firme y con carácter irrevocable.
ahora bien, ya pasaron 3 meses de la fecgha del 2do pago y nada aún. se entiende que la situación está complicada y más si lo hizo en dólares. Después de tantas idas y vueltas, no me queda otra que mandarle CD al comprador.
Pero acá está la cuestión. Lo intimo al pago dentro de qué plazo (10 días) atento a la suma que tiene que pagar y bajo qué apercibimiento dado que no puedo pedir en ppio la resolución x varios motivos (tiene la posesión y la claúsula del arrepentimiento).
Pero más allá de eso, no puede llevársela de arriba el comprador por estos motivos.
ya adelanto que pagó más del 25%... si quisiera escriturar, tendrá que otorgar hipoteca a favor de los vendedores...
desde ya muchas gracias a quién pueda aportar algo... saludos
se le otorgó al comprador la posesión quieta y pacífica con el boleto.
el pago de la 2da cuota estaba supeditada a determinadas condiciones:
1.- conclusión de la sucesión del abuelo de mis clientes (dueño del inmueble).
2.-pago de deuda de imp inmob, tasa urbana.
3.- levantamiento de un embargo.
4.- confección de un plano, que se está llevando a cabo.
5.- levantamiento de una inhibición.
de todos estos puntos, quedaría pendiente el tema del plano., pero de no ser presentado a la fecha del 2do pago la compradora podrá retener del importe a pagar el costo del plano para su cancelación e inscripción.
A su vez se pactó en el boleto que las partes renuncian expresamente al derecho de arrepentirse y desisten de perseguir la restitución de la cosa vendida en caso de incumplimiento de la compradora. siendo la venta en firme y con carácter irrevocable.
ahora bien, ya pasaron 3 meses de la fecgha del 2do pago y nada aún. se entiende que la situación está complicada y más si lo hizo en dólares. Después de tantas idas y vueltas, no me queda otra que mandarle CD al comprador.
Pero acá está la cuestión. Lo intimo al pago dentro de qué plazo (10 días) atento a la suma que tiene que pagar y bajo qué apercibimiento dado que no puedo pedir en ppio la resolución x varios motivos (tiene la posesión y la claúsula del arrepentimiento).
Pero más allá de eso, no puede llevársela de arriba el comprador por estos motivos.
ya adelanto que pagó más del 25%... si quisiera escriturar, tendrá que otorgar hipoteca a favor de los vendedores...
desde ya muchas gracias a quién pueda aportar algo... saludos
