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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1146255  por seremanana
 
En caso de un trabajador q realiza mas de 200 horas extra anuales , 300 casi. Se liquidan 200 a razón de 1.5 y el resto mutilpicandolas por 2, por superar el tope anual del decreto 484, o se computan todas igual?
 #1146295  por Rosty
 
No. Primero hay que ver si la actividad, tiene algún estatuto, luego que no sea una actividad declarada por autoridad competente “insalubre” luego ir al CCT, que corresponda. Y ver que dicen con respecto a las horas que exceden la jornada laboral convencional.
Si guarda silencio, y es aplicable, se va a la Ley 20744, que recepta la ley 11544 de jornada laboral y no olvidar su decreto reglamentario.
 #1146296  por Rosty
 
Una aclaración. Las horas que comentas, no son Horas Extras Ilicitas. Son horas extras que exceden el tope legal, que es diferente.
 #1146297  por seremanana
 
gracias, es una persona que esta bajo el convenio de la UOCRA, tiene una jornada de 44 hs semanalaes y hace una jornada de 9 horas de l a v y 6 horas mas los sabados, por lo q entiendo q las horas q superan el tope semanal del convenio son hs extra.