Hola. Buen día. Alguien sabe si las multas aplicadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, basadas en la RG AFIP 2766 pueden ser incluidas en la moratoria establecida en la nueva ley de blanqueo de capitales? En la delegación local (Catamarca) me dijeron que creían que no (que otra cosa me iban a decir?), pero si como dije, la multa está basada en una resolución de AFIP entiendo que debería poder anularse en la moratoria. Gracias
Ley 27260
ARTÍCULO 55. — Se establece, con alcance general, para los sujetos que se acojan al régimen de regularización excepcional previsto en este Título y mientras cumplan con los pagos previstos en el artículo anterior, la exención y/o condonación:
a) De las multas y demás sanciones previstas en la ley 11.683 (t.o. 1998) y sus modificaciones, en la ley 17.250 y sus modificaciones, en la ley 22.161 y sus modificaciones y en la ley 22.415 y sus modificaciones, que no se encontraren firmes a la fecha del acogimiento al régimen de regularización previsto en este Título;
La RG habla de infracciones de la ley 17250 y 11683 (LPF), por ende, a mí entender está encuadrada dentro de la nueva moratoria
Saludos
ROSTY