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  • DÑOS Y PJS. SENTENCIA HACE LUGAR- EXCLUSION DE COBERTURA

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 #1147106  por devas
 
Buenas noches colegas. Tuve sentencia a favor, en un accidente de transito, pero el juez hizo lugar a la defensa de exclusión de cobertura planteada por la aseguradora (el conductor que no era el titular del dominio, fue autorizado a su uso y tuvo el accidente. La aseguradora por CD art. 56 LS solicitó la documentación complementaria-licencia de conducir- pero el asegurado jamás la presentó)
No veo posible cobrar al asegurado. Todavía no recibí la cédula. Pregunta: alguno ha tenido un caso similar? alguna sugerencia como seguir? La causa es en pcia de bs As. Gracias!
 #1147185  por legalescom
 
Desde ya, apelalo. Al respecto, se ha dicho:

"La otra posición, a la cual adherimos, sostiene que debe evaluarse la ausencia de licencia habilitante dentro del contexto de la responsabilidad civil por parte del asegurado. Es decir, no basta simplemente que el asegurado carezca de licencia sino que además el juez debe ponderar otras cuestiones a la hora de resolver la declinación. Por ejemplo, deberá evaluar el grado de incidencia causal que tenga la ausencia de carnet habilitante con el siniestro bajo análisis, el tiempo transcurrido entre la ausencia (o vencimiento) del registro y el siniestro en cuestión, si tuvo el asegurado previamente licencia o si por el contrario nunca la ha tenido, si la adquirió escasos días después del hecho o por fin, si aún no teniendo licencia era o no apto para conducir el vehículo que se trate. Asimismo estas teorías se basan también en tutelar un interés superior que es la reparación de los daños ocasionados a los terceros, entendiendo que la declinación de la garantía es un hecho inoponible a la víctima"

Por mi parte, entiendo que, la intimación a presentar la licencia de conducir, sin haberlo hecho, no implica, necesariamente, que el conductor haya carecido, de la misma, al momento del siniestro. La aseguradora, mediante oficio, al Ministerio del Interior y Transporte (dada la unificación nacional de los Registros), debió requerir y así probar debidamente, si el mismo tenía licencia de conducir, o no, a la fecha del siniestro.
 #1147255  por devas
 
Gracias por tu respuesta legalescom.
Quisiera agregar más datos para dilucidar esta cuestión. La demandada (titular registral y asegurada) dijo que el vehículo lo había dejado en un lavadero y que no tuvo intervención directa y ni siquiera sabe quien lo conducía (así fue el relato en la contestación de demanda)., otra observación en la sentencia, dice que mediante la declaración testimonial en sede penal y la denuncia administrativa efectuada por la demandada, autorizó al conductor del vehículo a conducir sin la respectiva licencia. La aseguradora mando la CD art. 56 LS y la demandada jamas presentó la licencia de conducir del conductor.
Quiero apelar, debería ser la aseguradora quien deba pagar a mi cliente y luego ir contra su asegurada. Con esta sentencia, seguramente la demandada, con tantos años de litigio, no debe tener nada a su nombre.
Nuevamente colega, si lo que escribiste para apelar, lo consideras suficiente para que la cámara de vuelta la opinión del juez, voy para adelante. Cualquier otro consejo, bienvenido. Gracias!!