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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1149290  por Marina81
 
Colegas, hace poco comencé a ejercer, me surge una duda en base a donde iniciar un alimentos.
El tema es, los niños tienen un domicilio en su documento, donde vivían con el supuesto alimentante, que permitiría iniciar en san Martin, pero viven en pilar, centro de sus actividades. Ahora bien, la realidad es que a nivel conveniencia, seria san Martin, pero no se si al saber que su vida se desarrolla en pilar se declararán incompetentes.
Donde corresponde iniciar.
 #1149296  por Tiburcio
 
La competencia en razón del territorio es prorrogable y es establecida en favor en este caso de los niños. Por lo tanto su representante puede prorrogarla en favor del tribunal que le convenga.
 #1149360  por Marina81
 
Gracias por la respuesta colega, pero alimentos no es la excepción a la prórroga? O si mi cliente está de acuerdo con iniciar en san Martin puedo hacerlo aunque vivan en pilar?saludos.