HOLA!! QUERÍA SABER SU OPINIÓN Y EXPERIENCIA SOBRE ALGÚN CASO SIMILAR! TENGO UN CLIENTE QUE SE JUBILÓ EL 30 DE JULIO Y QUIERE RECLAMAR EL MES DE JULIO QUE NO LE PAGARON Y ADEMÁS ME MANIFESTÓ LO SIGUIENTE: EL ERA CHOFER DE UNA AMBULANCIA DE UNA COOPERATIVA DE UN PUEBLO Y ESTABA DE GUARDIA EN SU CASA LOS 365 DÍAS DEL AÑO LAS 24 HS (GUARDIA PASIVA) YA QUE NO HABÍA OTRA PERSONA QUE LO REEMPLAZARA, ES DECIR QUE EL NO PODÍA DISPONER DE SU TIEMPO PARA NINGÚN ESPARCIMIENTO NI VIAJE NI FIESTAS FAMILIARES FUERA DEL PUEBLO.- ES ESTO POSIBLE?? EL SE RIGE POR EL CCT 459/06 DE SANIDAD EL CUAL ME DICE QUE COMO MÁXIMO PODÍA TRABAJAR 192 HORAS MENSUALES.- A EL LE CORRESPONDÍAN 6 FRANCOS MENSUALES LOS CUALES NO SE LOS OTORGARON HASTA FEBRERO DE 2015 CUANDO SU MUJER ENFERMA Y "POR HUMANIDAD" POR ASÍ DECIRLO SE LOS COMIENZAN A OTORGAR.- LE PUEDO RECLAMAR LOS FRANCOS NO GOZADOS?? COMO LOS CALCULO?? OTRA COSA QUE ME MANIFIESTA ES QUE TAMPOCO LE QUISIERON ABONAR EL SUBSIDIO POR FALLECIMIENTO DE SU MUJER QUE EL ART 31 DEL CCT ESTABLECE.- AHORA A FINES DE SEPTIEMBRE SE CUMPLE UN AÑO DEL FALLECIMIENTO... PUEDO RECLAMARLO?? DESDE YA MUCHAS GRACIAS! ESTOY COMENZANDO A EJERCER Y ME SURGEN ESTAS DUDAS!!