Según leí el Dcto 598/2015 autoriza a que los médicos se puedan jubilar a los 50 años y 25 de aportes si han hecho carrera hospitalaria.Ese decreto ya se publicó en el B.O. pero IPS no toma ese tipo de jubilaciones porque alega falta la reglamentación. Alguien sabe del tema... No es que cuando está publicado a los 8 días ya entra en vigencia???
HernanUBA escribió:Recien me molesté en leer tus 300 mensajes y todos son de preguntas. Siempre sos el mismo caradura sinvergüenza que ingresa a preguntar y nunca ayudas a nadie. Si no sabes, entonces tenes que derivar el caso a alguien que sepa o compartir y dejar de ser angurriento y sinvergüenza.Y yo me molesté un poco mas y si no le contestás rápido a su pregunta te apura.
Me engancho en el tema. Estoy llevando adelante una sucesion y ya fallecido el causante un acreedor inicia un ejecutivo por un pagaré y solicita inhibicion
¿puede inscribir la inhibicion del ya fallecido?
Ahora mandaron a acumular los exptes al que tramite el sucesorio. puedo solicitar la nulidad de esa inhibición?
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Re: inhibicion sobre fallecido
Mensaje sin leerpor profesional » Lun Mar 07, 2016 6:39 pm
NADIE RESPONDE???? que sucede....???
Que caradura que está aguna gente.........