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  • TELEGRAMA MAL HECHO- COMO SUBSANO ERROR?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1150666  por MARIABOISSON
 
Buenas tardes colegas!
Vino un muchacho a consultarme por empleo en negro. Trabajo 4 años. En mes de febrero de este año no fue mas a trabajar y tampoco le abonaron la liquidación final. Mande telegrama en mes de JULIO. No contestan este telegrama. El gran problema es que el telegrama esta mal hecho, ya que cuando consigna los datos pone FECHA DE EGRESO 01/02/2016. No se como encarar el proximo TCL, la verdad. No se si consignar, como siempre, que atento configuraba la injuria, se considera despedido. Pero considerarse despedido tambien lo veo como una contradiccion, ya que él mismo manifesto cuando se termino la relacion laboral.
ABAJO COPIO EL TELEGRAMA QUE ENVIO EL TRABAJADOR (O lo hizo él o no se jaj). Les agradezco infinitamente si pueden orientarme en como encarar el proximo TCL. GRACIAS!

Intimo plazo de 30 días proceda a registrar la relación laboral que nos uniera, de acuerdo al siguiente detalle: fecha de ingreso: 21/11/11, salario: $7.000, fecha de egreso: 01/02/16, categoría: acompañante de camión, carga y descarga de mercadería, y a efectuar el pago de las cargas sociales por toda la vigencia de la relación laboral. Ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 8 de la ley 24.013 y art. 2 de la ley 25.323.
Asimismo, intimo plazo de 72 hs. proceda a abonar liquidación final de conformidad con el art. 245 LCT por despido directo efectuado a esta parte, compuesta por indemnización por antigüedad, SAC s/ indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, SAC s/ preaviso, integración del mes de despido, indemnización por vacaciones proporcionales no gozadas, SAC s/ vacaciones no gozadas y SAC proporcional 1er semestre 2016.
A su vez, intimo mismo plazo proceda a abonar SAC 2014 y 2015, Vacaciones 2014 y Vacaciones 2015, impagos al día de la fecha.
Por último, intimo idéntico plazo entregue certificación de servicios conf. art. 80 LCT, bajo apercibimiento de ley.
Copia de la presente se envía a la Administración Federal de Ingresos Públicos conf. art. 11 ley 24.013.
Queda Ud. debidamente notificado.
 #1150683  por Iusgus2013
 
Buenas Colega. En mi humilde parecer, el hecho de haber detallado una fecha de egreso tampoco es algo tan grave. Lo que haria en tu caso seria comenzar el telegrama considerandome despedido y posteriormente pondría algo masomenos asi: "así mismo esta parte, haciendo salvedad de lo expuesto en el TCL N°....... en fecha ....... (pone la del supuesto egreso) han comenzado sus viles intento de prohibirme el ingreso a a prestar mis laborales en su establecimiento prestando a confusión el vinculo laboral que nos unio hasta el día de hoy"
Desp reclama los rubros y listo.
Igual si queres mas tranquilidad, espera otros colegas, pero yo lo haría por ese lado. Espero te haya servido, saludos!
 #1150692  por Romina34
 
mmm... yo no lo veo... la macana ya la hizo. no veo como considerarse despedido si ya indicó la finalización de la relación en febrero y reclamo art 245 y liquidación final.
además si puso fecha de egreso nunca pudo intimar por la 24013 que supone que la relación esta vigente al momento de intimar. finalizada la relación laboral aplica el art. 1 de la ley 25323
para mi hace efectivo el apercibimiento del art. 80 LCT y pedi conciliación laboral, quiza tenes suerte y llegan a acuerdo.
saludos,
 #1150825  por MARIABOISSON
 
Iusgus2013 escribió:Buenas Colega. En mi humilde parecer, el hecho de haber detallado una fecha de egreso tampoco es algo tan grave. Lo que haria en tu caso seria comenzar el telegrama considerandome despedido y posteriormente pondría algo masomenos asi: "así mismo esta parte, haciendo salvedad de lo expuesto en el TCL N°....... en fecha ....... (pone la del supuesto egreso) han comenzado sus viles intento de prohibirme el ingreso a a prestar mis laborales en su establecimiento prestando a confusión el vinculo laboral que nos unio hasta el día de hoy"
Desp reclama los rubros y listo.
Igual si queres mas tranquilidad, espera otros colegas, pero yo lo haría por ese lado. Espero te haya servido, saludos!

Gracias doc!
La verdad no se que hacer jaj ya que despues tengo que ver como encaro la demanda también. Es en San Martin, encima. Me queda probar el ministerio a ver si se presentan ahi.
 #1150826  por MARIABOISSON
 
Romina34 escribió:mmm... yo no lo veo... la macana ya la hizo. no veo como considerarse despedido si ya indicó la finalización de la relación en febrero y reclamo art 245 y liquidación final.
además si puso fecha de egreso nunca pudo intimar por la 24013 que supone que la relación esta vigente al momento de intimar. finalizada la relación laboral aplica el art. 1 de la ley 25323
para mi hace efectivo el apercibimiento del art. 80 LCT y pedi conciliación laboral, quiza tenes suerte y llegan a acuerdo.
saludos,
Gracias doc! Todos los puntos de vista son super bienvenidos! Despues les cuento como lo encare y como me fue. Es en San Martin, asi que me queda probar en el ministerio a ver si van.
saludos y muchas Gracias!