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  • CEDULA LEY 22172

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 #1151654  por nicolasguerreros
 
Hola colegas, necesito si alguien me puede orientar sobre este tema: tengo que notificar una demanda de divorcio por presentación unilateral desde la provincia de Buenos Aires a la provincia de Tucumán y mi duda es: QUIEN FIRMA LA CEDULA? y DENTRO DEL CUERPO DE LA MISMA DEBO DEJAR CONSTANCIA DEL ABOGADO AUTORIZADO PARA DILIGENCIARLA O SE PUEDE HACER DICHA AUTORIZACIÓN EN UN ESCRITO APARTE?, desde ya muchas gracias por sus respuestas!
 #1151661  por abogado_1987
 
nicolasguerreros escribió:Hola colegas, necesito si alguien me puede orientar sobre este tema: tengo que notificar una demanda de divorcio por presentación unilateral desde la provincia de Buenos Aires a la provincia de Tucumán y mi duda es: QUIEN FIRMA LA CEDULA? vos y DENTRO DEL CUERPO DE LA MISMA DEBO DEJAR CONSTANCIA DEL ABOGADO AUTORIZADO PARA DILIGENCIARLA O SE PUEDE HACER DICHA AUTORIZACIÓN EN UN ESCRITO APARTE?, entiendo que ambas opciones son válidas, desde ya muchas gracias por sus respuestas!
Que se encuentra autorizado para diligenciar el presente ......(vos) ó quien él designe,
en tal caso tenés que estar autorizado por la parte (tu cliente)