Hola gente. Necesito que alguien me desasne.
Juicio laboral en Pcia. de Bs. As, se condeno al empleador a pagar x cantidad, como era una cifra considerable y como no podia pagarla se hizo un convenio x el cual se pagaba el total de la sentencia en 12 cuotas; 11 x el capital + int. de la liquidacion practicada en la sent. definitiva y una ultima cuota (12) se practicaria los intereses devengados por todo el tiempo transcurrido entre la sentencia y el pago de la cuota 11.
Inicio ejecucion xq no se pagaron la totalidad de las cuotas y solicito ademas la cuota 12 x los intereses.
Ordenan pagar hasta la cuota 11 y me dicen que la 12 no corresponde, presento revocatoria y la desestiman porque:
"las partes arribaron a un acuerdo de pago -sobre la liquidacion de la sentencia definitiva- conf. art. 534 CPCC el cual conforme jurisprudencia establecida en autos "Perri Oscar c/Bruno Bianchi s/despido y dif. salariales no pueden ser homologada. x lo expuesto debera volverse a los terminos establecidos en la sentencia dictada por el tribunal en caso de ejecucion. x ello se resuelve: desestimar la revocatoria interpuesta (art. 15, 44/48 y 54 ley 11653)"
No se ni como seguir. No puedo presentar rec. extraordinario x que si bien es una cifra considerable no llega al monto.
Cualquier sugerencia es bienvenida. Gracias
Juicio laboral en Pcia. de Bs. As, se condeno al empleador a pagar x cantidad, como era una cifra considerable y como no podia pagarla se hizo un convenio x el cual se pagaba el total de la sentencia en 12 cuotas; 11 x el capital + int. de la liquidacion practicada en la sent. definitiva y una ultima cuota (12) se practicaria los intereses devengados por todo el tiempo transcurrido entre la sentencia y el pago de la cuota 11.
Inicio ejecucion xq no se pagaron la totalidad de las cuotas y solicito ademas la cuota 12 x los intereses.
Ordenan pagar hasta la cuota 11 y me dicen que la 12 no corresponde, presento revocatoria y la desestiman porque:
"las partes arribaron a un acuerdo de pago -sobre la liquidacion de la sentencia definitiva- conf. art. 534 CPCC el cual conforme jurisprudencia establecida en autos "Perri Oscar c/Bruno Bianchi s/despido y dif. salariales no pueden ser homologada. x lo expuesto debera volverse a los terminos establecidos en la sentencia dictada por el tribunal en caso de ejecucion. x ello se resuelve: desestimar la revocatoria interpuesta (art. 15, 44/48 y 54 ley 11653)"
No se ni como seguir. No puedo presentar rec. extraordinario x que si bien es una cifra considerable no llega al monto.
Cualquier sugerencia es bienvenida. Gracias