una consulta. si en un contrato de locaciòn de obra se pacto una clausula de penal de $ xx por cada dia de demora en la entrega de la obra, y pasaron 30 dias desde la fecha acordada, puedo intimar a que termine la obra bajo apercibimiento de reclamar la clausula penal? o la clausula penal procede de pleno derecho, es decir, sin necesidad de interpelar al deudor?
