Hola a todos, estoy en una duda un tanto "doctrinaria".
Quería saber si la sanción disciplinaria se presume legítima hasta que se venza el plazo de 30 días de la LCT, es decir hasta que esté consentida.
Lo único que se me viene a la mente (quizás es la hora) es el principio del derecho administrativo que dice que el acto administrativo se reputa válido hasta tanto no sea revocado, pero eso no aplica en el mundo laboral y estoy tratando de indagar a ver si existe algo así, o si estoy errado.
Muchas gracias!
Quería saber si la sanción disciplinaria se presume legítima hasta que se venza el plazo de 30 días de la LCT, es decir hasta que esté consentida.
Lo único que se me viene a la mente (quizás es la hora) es el principio del derecho administrativo que dice que el acto administrativo se reputa válido hasta tanto no sea revocado, pero eso no aplica en el mundo laboral y estoy tratando de indagar a ver si existe algo así, o si estoy errado.
Muchas gracias!