La exención de la huella se tiene en cuenta a la hora de firmar el acuerdo? alguien sabe si puede firmar el apoderado por el titular?? gracias.
Asgard escribió:Hay que hacer el tramite de exención de huella, se llena el formulario de exención. Va con turno.El formulario es el 2.9 y se pide turno para huella.
lucky escribió: ↑Lun, 04 Dic 2017, 08:58 Retomo el tema; ¿Alguien pudo firmar el Convenio a través de un apoderado en el caso de una persona con internación domiciliaria que tiene huella registrada pero no se puede trasladar?la semana pasada me toco escuchar como le decian a una colega en la udai posadas, Misiones, que no habia forma de ingresar el tramite al sistema por mas que haya sido autenticada por escribano,y que no sabian como hacer el tramite....en teoria se deberia escanear el escrito,el formulario que mencionaron,y todo eso cargarlo al sistema, luego ser aprobado por la anses, y por ultimo sacar turno para firmar el apoderado
Por lo que dice el punto c) de la DNYP 07-02/17 se podría hacer con un Poder Especial, luego de tramitar previamente la exención de la huella.
En el 130 dicen que sólo con escribano, pero no son confiables en lo que dicen.
Gracias.