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  • DESALOJO ABANDONO DEL INMUEBLE

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 #1156036  por ISABEL5
 
Hola. Tengo tnotificada la dda en un desalojo, PROVINCIA BS AS, donde luego la inquilina abandona el dpto.
QUisiera saber como debo seguir. Se que debo pedir mandamiento de constatacion, QUE EL CODIGO DICE QUE "disponga el libramiento de mandamiento de constatación, con posterior entrega de la posesión, ordenando la verificación del estado del inmueble por medio del oficial de Justicia, quien deberá inquirir a los vecinos acerca de la existencia y paradero del locatario, y librando oficio a la Policía al mismo efecto. En caso de desconocimiento del paradero del locatario, solicto a V.S. mandar a hacer entrega definitiva del inmueble del locador.

Pero concretamente no se que poner, como pido el mandamiento? con facultades para allanar y pedir la fuerza publica?
Alguien me puede orientar? gracias
 #1156057  por FedeRosario33
 
Buenas. Aca te dejo el modelo del escrito que mande en un proceso igual al tuyo para que se libre el mandamiento de constatacion. Fijate si te sirve. Y ponele tus datos.

Te hago una pregunta. En el proceso de desalojo que tengo yo, ya se hizo dicho mandamiento y se constato evidentemente que no estaba la parte demanda. Ahora pedi que habiendo informado eso mismo el oficial se haga entrega del inmueble a mi cliente y me manifiestan que primero habria que cumplir con el articulo 21 de la ley 6.716, es decir acreditar pago de honorarios y demas. No se puede saltear ese paso y hacer entrega del inmueble a mi cliente?


DENUNCIA ABANDONO DEL INMUEBLE POR PARTE DE LA ACCIONADA. SOLICITA CONSTATACION Y ENTREGA.-

Sr. Juez:

........., Abogado, inscripto al Tº - Fº del C.A.P., por poder, ratificando el domicilio procesal constituido en calle............ , y domicilio electrónico en ..........PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".scba.gov.ar , en los autos caratulados: ............., ante V.S. me presento y respetuosamente manifiesto:

I.- Que conforme me fuera informado por mi mandante, la accionada....... habría hecho abandono del inmueble objeto de autos durante los primeros días de septiembre del corriente, razón por la cual se solicita a V.S. la libranza de un mandamiento de constatación a los fines de verificar el estado de ocupación y edilicio del inmueble locado, y procederse a la inmediata entrega del mismo a mi mandante.-

II.- Siendo necesario cumplir con exigencias de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones Departamental, que requiere que todas las facultades estén expresamente indicadas en el texto de las providencias que ordenan la medida (no siendo suficiente su constancia en el texto del mandamiento), solicito a V.S. que expresamente ordene las siguientes facultades en el mandamiento a librarse: El oficial de justicia está facultado para a requerir el auxilio de la fuerza pública, facultándoselo a allanar la vivienda requerida, tanto para el caso de que en el mismo haya moradores o se encuentre desocupado, facultándolo también para requerir la intervención de un cerrajero de ser necesario, y aunque no haya persona alguna.) Disponer Traslado y/o deposito de los bienes de acuerdo a las disposiciones municipales vigentes en la jurisdicción del domicilio o permanencia en el inmueble de los bienes que se encontraren; c) Disponer la constitución del autorizado o quien/es el designe en depositario de los bienes muebles habidos en el interior del inmueble objeto del desahucio, realizando previamente el debido inventario de todo lo hallado.- Efectivizado el desalojo, se facultara expresamente al oficial actuante a entregar la posesión del inmueble desalojado al actor, evitando de este modo el depósito de las llaves en autos.-

Dígnese V.S. Proveer de conformidad,

QUE SERA JUSTICIA.-
 #1156465  por ISABEL5
 
No creo que se pueda, es una disposicion para proteger los aportes a la Caja, sobre todo, ademas de los honorarios de nosotros. Debe estar en el articulado de la ley de aportes.