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  • DENIEGAN BENEFICIO DE PENSION A VIUDA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1157684  por beaben
 
Hola, queria preguntar lo siguiente
le denegaron un beneficio de pension a la viuda, por no poder demostrar la convivencia dentro de un mismo techo en tiempos previos al deceso del causante
estaban legalmente casados pero como la muerte ocurrio hace mas de 5 años, anses le pide pruebas que acredite la convivencia
la resolucion dice que como el fallecimiento es de larga data (2010) supera el año que establece la normativa vigente y por este motivo no alcanza el hecho de haber estado casados
ahora bien, la ley 24.241 en ningun lado establece este requisito cuando supera el año...no se de donde lo sacaron eso...
la viuda llevo testigos, que anses no tomo en cuenta
acredito impuestos a nombre del difunto que figura que vivia en el mismo domicilio que figura en el dni de la viuda
lo unico en contra es que el domicilio que figura en la partida de defuncion es distinto al domicilio conyugal ya que el causante nunca cambio el domicilio en el dni
lo comico es que piden acreditar para subsanar esto haber tenido hijos previo al fallecimiento, pero la viuda tiene 55 años..
alguien podra ayudarme?
gracias
 #1157722  por beaben
 
no es eso, lo que pasa es que le habian dicho que en ese momento no podía pensionarse porque en ese momento no llegaba con los aportes
ni siquiera con la irregularidad con derecho, por eso aprovecho la ley 26.970 y lo intento antes que la deroguen
 #1157777  por marceccab
 
hola, a mi me paso algo similar y lo que hice fue iniciar un tramite de convivencia. Si bien no era la forma ya que ellos estaban casados y no había transcurrido tiempo desde el fallecimiento, el problema surgia en el domicilio que colocaron en la partida de defunción que no era el mismo de su dni. Fue lo mas rápido y presentas la misma prueba que ya tenes (testigos e impuestos) y van a mandar una verificación a los vecinos. luego inicie la pension junto a ese expediente. No se a mi me resulto. Espero te sirva. Saludos
 #1157841  por monicbea
 
hola beaben opino igual que Abogzonasur,primero si estás bien con los plazos para interponerlo (10 días hábiles administrativos),presentaría reconsideración con todas las pruebas posibles (constancia de obra social ,servicios , testigos,resúmenes de banco.Todo lo que se te ocurra). En el peor de los casos que confirmen la denegatoria ,tenés 30 días hábiles administrativos para recurrir a la CARSS. Mucha suerte!!
 #1158392  por beaben
 
el recurso de reconsideracion suspende el plazo de los 30 dias para interponer el recurso ante la CARSS no?
o sino podre interponer el reconsideracion con apelacion en subsidio ante la carss?
o la carss no es el superior jerarquico?