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 #1159025  por dhabogada
 
Buenas tardes colegas. les comento: en un juicio de daños en capital recayó sentencia. notificaron por web al apoderado de los demandados, al perito y a la mediadora. Yo hice la notificación personal de mi cliente (actor).
Preguntas: 1- tengo que mandar cédulas a los domicilios reales de los demandados?
2- las copias de la sentencia cómo las saco? presento las cédulas nada más en el juzgado?
disculpas.. pero es la primera sentencia que me toca notificar.
agradeceré las respuestas.
 #1159038  por abogado_1987
 
dhabogada escribió:Buenas tardes colegas. les comento: en un juicio de daños en capital recayó sentencia. notificaron por web al apoderado de los demandados, al perito y a la mediadora. Yo hice la notificación personal de mi cliente (actor).
Preguntas: 1- tengo que mandar cédulas a los domicilios reales de los demandados? entiendo que no
2- las copias de la sentencia cómo las saco? presento las cédulas nada más en el juzgado? no se entiende la pregunta, entiendo que están todos notificados (actora, demandado,etc), si falta notificar a alguien se notifica por cédula y se adjunta la sentencia > Generada a través del Sistema Gestión Notificaciones Electrónicas
disculpas.. pero es la primera sentencia que me toca notificar.
agradeceré las respuestas.