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 #133449  por Ofelia
 
Hola, tengo otra consulta, es mi primera jubilación, les explico el caso esquemáticamente y después les digo a la conclusión que llegué:
Fecha de nacimiento de la sra. 12/02/1949.-
Cumplió 18 el 14/02/1967.-
Tiene hecho un reconocimiento de aportes en anses con resolución favorable que va desde 01/01/1973 hasta 05/03/1996 (23 años 2 meses y 5 días)
Mi solución es la siguiente: Por declaración jurada hago el período marzo de 1967 hasta dicciembre de 1972 (5 años y 10 meses).
Me queda por comprar 1 año que lo compraría desde abril de 1996 a marzo de 1997.
Está bien así? Cómo compro ese año? Entra en moratoria o lo debo comprar de contado? En calidad de qué lo compro?
Son varias las preguntas, sepan entender, gracias a todos

 #138015  por feli07
 
El año que te falta no lo podés compra por moratoria ley 24476 porque esta es hasta sept 93. Tenés que comprar de contado, pero te conviene compar el año por servicio doméstico desde abril de 2000, pero ojo porque te cambia la declaración jurada por el cese.
Ah! Y ahora que veo tomaste mal el art. 38, xq ddjj solo se puede poner desde los 18 años y hasta el 12/68, lo que te falta vas a tener que hacerlo por art. 3 ley 24476.-Suerte! :D