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 #1159518  por adrianne
 
Estimados foristas: Se inicia juicio de alimentos en capital y ayer sale la sentencia. Al momento de iniciar el juicio el demandado presenta recibo de sueldo donde gana 2000$ netos se libra oficio a la AFIP e informa q gana 6000$. Continuando el juicio pido se dicte sentencia pensando q no se iba a poder cobrar porque la anses informaba q el demandado tenia hecho aportes hta 2015 y su abogada decia que se habia quedado sin trabajo. Ayer sale la sentencia con una cuota de 4000$. La actora va al anses a averiguar porque no le pagaban la asignacion q venia cobrando por la hija y se entera q este hombre empezó a trabajar en otro lugar y q no le pagaban la asignación porque el demandado tiene un sueldo superior a 35.000$. La pregunta es al cambiar la situacion laboral del demandado y al haber salido la sentencia la cual aun no fue notificada a ninguna de las partes esa cuota sigue siendo la q dice la sentencia 4000$ o podemos apelar y manifestar q el demandado trabaja en otro lugar donde cobra mas. O conviene tratar de cobrar todo lo q se le debe si es q lo paga y pedir modificacion de cuota? o si no paga ejecutar y embargarlo? Gracias!!! Adri *flor*
 #1159524  por Wallys
 
Hola, yo lo notificaría y en caso de incumplimiento solicitaría la retención directa para asegurar el cobro de la cuota de cada mes y a su vez practicaría liquidación y pediría el embargo de los alimentos que se habian fijado provisoriamente hasta la sentencia (si es que tampoco depositó esas sumas).
Una vez que tenes eso asegurado, lo cual con los tiempos de la justicia lleva su tiempo...plantearía un incidente de aumento de cuota.
Saludos
 #1159669  por adrianne
 
Hola Wallys!! gracias por responderme. La cuota provisoria nunca la pagó el 16/7/15 fijaron $3.000 de provisoria y la definitiva 4000$ el 18/11/16 ahora . La hija tiene 16 años. La sentencia no me la notificaron aún y recien ahora nos enteramos q trabaja en otro lugar. Es decir tengo q hacer la liquidacion de las sumas provisorias y embargar una vez ordenado . Y la liquidacion de la definitiva q salió ahora con la sentencia 4000$? comienza a correr dde la interposicion de la demanda como seria? perdón pero es la primera vez q tengo q hacerlo. Gracias!! *flor* Adri
 #1159735  por Wallys
 
Hola, vos podrías notificarte personalmente de la sentencia y confeccionar la cédula y dejarla a la firma para notificar al alimentante.
Una vez que está notificado y que venció el plazo y no depositó, denuncias el incumplimiento en el expediente y haces la liquidación de los alimentos atrasados tomando como base los $3000 que corrian desde la fecha de inicio hasta la fecha de sentencia definitiva, y a partir de esa fecha los $4000 de la cuota definitiva, y solicitas que se lo intime bajo apercibimiento de embargo. El embargo seria para las sumas que constan en la liquidación, por eso para las cuotas futuras y que siguen venciendo todos los meses, te conviene pedir que se ordene la retención directa.
De esa presentación le van a dar traslado a la otra parte.
Si nuevamente queda notificado, vence el plazo y no cumple, pedis que se apruebe la liquidación y se haga efectivo el embargo, confeccionas el oficio que va con transcripción del auto y firmado por el secretario y lo diligencias ante la empresa del alimentante. Sldos