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  • Monotributista que factura por tareas

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1159954  por caro4457
 
Un cliente me consulta por el siguiente caso: el realiza tareas de pulido de piezas de griferia para una empresa en su propio taller desde hace 16 años, todos los trabajos los supervisa un directivo de la empresa, lo obligaron a inscribirse al monotributo, para poder realizar la correspondiente facturación. El tema es que al ser un trabajo fuera del ámbito de la empresa no existe una sujeción a horarios. Pero bueno el realiza la misma tarea que la empresa. Las facturas son todas correlativas. Le abonaban a través de cheques en forma quincenal.
Esta muy bueno el caso, pero por ahí se complica con el tema de probar la subordinación jurídica. Que piensan???
 #1160061  por BARBIE TURICA
 
Es relación laboral, lisa y llana. Todo se prueba con testigos. Si laboraba diariamente y cumplía horarios, por ej. rotativos, no vas a tener problema. Yo empezaría intimando. Éxitos.
 #1160074  por caro4457
 
BARBIE TURICA escribió:Ahora entendí. El labura en un taller propio, no propio de la empresa. Es difícil, no hay dependencia jurídica.
Claramente es muy difícil, y no creo que pueda agarrarme de que a el le daban las piezas para pulir y asistía dos veces por semana a cobrar, entregar y retirar mercadería. Claramente es un o proveedor o locación de servicios. Pero bueno lástima, eran bastante los años......
 #1160077  por ContadorLJD
 
Algo pueden hacer ustedes.

Por ejemplo tengo clientes que es el mismo caso que se menciona acá... pero en otro rubro...
Son los casos de...
una matricería que trabaja para Renault Argentina. Tiene su propio taller.
Y otro transportista con vehículo propio para Sucesores de Williner S.A.

En ambos casos le obligaron a constituir S.A. o S.R.L.
Ni siquiera le dejaron ser R.I. para evitar futuros reclamos por relación de dependencia encubierta.
Si estas empresas de gran magnitud se cubrieron, es porque algún resquicio jurídico hay para reclamar relación laboral....
No me pregunten qué, porque ya escapa a mi limitado conocimiento jurídico...

Espero les sirva este comentario.

Saludos.
 #1160097  por Romina34
 
el caso es que un monotributista en su taller pulió piezas para una empresa? con factura de monotributo correlativa?
en ese caso, como le pagaban? con cheque, transferencia bancaria o efectivo?
ojo, explica un poco más porque si veo una relación de trabajo encubierta. la clave es que la facturación haya sido continuada todo los años que mencionas. en tal caso, no es un taller que tiene varios clientes es una persona trabajando para una empresa/empleador
saludos,
 #1160537  por caro4457
 
Bueno, si es parece muy facil, pero no tiene dependencia judiridica ni tecnica. Para colmo cuando el cliente me trae las supuestas facturas (no son facturas son remitos R no validos como facturas) me dice a pero yo no soy monotribustista, asi que es una lastima pero lo voy a tener que dejar ir. Yo por lo menos lo veo de muy dificil prueba
 #1160551  por Romina34
 
mira ningun caso viene fácil... pero en este caso un director de la empresa supervisa la tarea, tiene los remitos, le pagaban con cheque quincenalmente sin ninguna factura...vive de esa empresa o tiene más clientes? si solo vive de esa empresa con todos esos elementos es una relación de trabajo encubierta.
saludos,
 #1160604  por caro4457
 
No vive de esa empresa nada más, ese es el problema, tampoco existe una dependencia económica. a ver no están dados en forma cierta los tres elementos de una relación laboral.Los remitos no constituyen prueba de una relación laboral, si de una relacion comercial, no son facturas.
 #1160610  por caro4457
 
Por lo tanto, en el primer caso, si el tallerista o intermediario, “desarrolla su actividad con autonomía, no puede establecer con el patrono una relación de carácter subordinado, quedando así al margen de la normativa de la L.C.T., atento a que se desenvuelve como un ‘pequeño empresario’ o ‘micro emprendedor’ que se vale de obreros a cargo para el cumplimiento de su objetivo empresario y contando con maquinarias propias”.http://www.diariojudicial.com/nota/32200