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 #1160088  por laligue1029
 
Hola! tengo un cliente que alquilaba una propiedad, el locatario se fue adeudando facturas de Aguas Santafesinas por dos períodos, además de un convenio que formalizó con Aguas Santafecinas por adeudar varios períodos anteriores el cual dejó de pagar luego de la cuota 4 y cuya última cuota vence en agosto 2017.
Conforme el nuevo código se le da entidad ejecutiva a este tipo de deudas, ahora bien, estando en Santa Fe debo iniciar la fase preparatoria de la demanda ejecutiva para el reconocimiento del contrato del alquiler y en función de que haya reconocimiento recién ahí la demanda ejecutiva, si no hay reconocimiento deberé ir por la vía ordinaria, correcto?
Conviene realizar todo todo ese procedimiento o me conviene directamente iniciar demanda ordinaria por cobro de pesos??? puedo iniciar directamente demanda ordinaria? Aquí no se adeuda alquileres, el inmueble fue restituido al locador, solamente se adeudan 10 mil entre aguas y TGI.

Por favor si algún colega me puede orientar un poco con esto lo agradecería muchísimo.