Hola colegas. Buenas tardes. Estoy un poco perdido con un caso que entró al estudio. Se trata de la cesantia de un Prosecretario de consejo deliberante. El problema que encuentro es no poder ubicar el marco legal que rige la relación. El caso acontece en provincia de Buenos Aires y el municipio no especifica la situación en su carta orgánica. Alguien me tira una punta? Ya revise la ley orgánica de municipalidades pero me cuesta encuadrar el tema. Est que novel abogado les agradecería su ayuda. Saludos
Tenés que estudiar:
Reglamento Interno del HCD que corresponda.
Sus ordenanzas.