Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Mi primer demanda en Juzgado Contencioso Administrativo

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1160528  por marieee
 
Buen día colegas,
Presenté un daños de un accidente de una niña contra la municipalidad y codemandados particulares. Salió sorteado el Juzgado Contencioso administrativo 1 de San Isidro.
Previo al traslado de la demanda se proveyó:

"...Previo a todo trámite, determine el peticionante el criterio procesal a seguir respecto del codemandado genérico denunciado a fs. 22 vta pto II (arts. 27 inc. 2° y 38 inc. 2° del C.C.A.).-as ..."

Nosé qué tengo que responder.
Que acepto los términos procesales administrativos para los codemandados particulares también? como el de responder demanda en 45días?

Les agradezco si pueden ayudarme. En principio respondería eso y vería que me dice el juzgado..
 #1160597  por marieee
 
Pero entonces, qué responderías?
Había pensado igual que vos. Pero como habrás visto el juez menciona ver artículos del C.C.A. Entiendo será el Código Contencioso Administrativo.

Encontré esto y por ello mi consulta de si el juez lo que me estará preguntando es si acepto los mismos plazos de administrativo para particulares?

LEY 12008
CAPITULO V - DE LA DEMANDA
ARTICULO 27º: (Texto según Ley 13101) Estructura y formalidades. La demanda será presentada por escrito y contendrá:
1. El nombre y apellido, domicilio real o legal según corresponda, domicilio especial constituido y demás condiciones personales del demandante.
2. El nombre y apellido, domicilio y demás condiciones personales del demandado.

ARTICULO 38º: Plazo para contestar la demanda.
1. El plazo para contestar la demanda será de cuarenta y cinco (45) días.
2. Si fueran dos o más los demandados, el plazo será común. Cuando procediere la suspensión o ampliación respecto de uno, el plazo se suspenderá o ampliará respecto de todos.
 #1160607  por administrativista
 
No sé a que te referís con "demandados particulares", el juez te está pidiendo que determines el criterio procesal con respecto al DEMANDADO GENERICO. Lo que yo te apuntaba es que en la práctica es igual que en una demanda civil, aunque, obviamente, se aplique el CCA. En definitiva, se procede como si fuera una demanda civil en cuanto al codemandado genérico.
 #1160634  por administrativista
 
Entonces, andá al juzgado y pedí hablar con el despachante, a ver qué te dice. O si estás segura, pedí aclaratoria En la demanda ¿no tenés ningún "o quien corresponda" o algún otro tecnicismo para demandar genéricamente? Entonces es error del juzgado.