Hola colegas:
Soy bastante nuevo en la justicia federal pese a tener varios años de ejercicio en la justicia provincial.
Mi pregunta es la siguiente:
¿En el fuero federal el poder es si o si por escritura pública?
Porque en la provincia de Santa Fe a la cual pertenezco los poderes especiales se pueden otorgar por escritura pública ya sea genral o especial. y también los poderes especiales para juicios se pueden confeccionar en el estudio y el cliente debe certificar la firma ante el secretario y de esta manera ya queda habilitado para ser presentado en juicio.
Reitero en el fuero federal mediante que instrumento se deben formalizar los poderes, estoy hablando del poder que le da el cliente a su abogado para que lo represente en juicio.
Desde ya gracias.
Saludos
Soy bastante nuevo en la justicia federal pese a tener varios años de ejercicio en la justicia provincial.
Mi pregunta es la siguiente:
¿En el fuero federal el poder es si o si por escritura pública?
Porque en la provincia de Santa Fe a la cual pertenezco los poderes especiales se pueden otorgar por escritura pública ya sea genral o especial. y también los poderes especiales para juicios se pueden confeccionar en el estudio y el cliente debe certificar la firma ante el secretario y de esta manera ya queda habilitado para ser presentado en juicio.
Reitero en el fuero federal mediante que instrumento se deben formalizar los poderes, estoy hablando del poder que le da el cliente a su abogado para que lo represente en juicio.
Desde ya gracias.
Saludos