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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1161487  por marinero2020
 
En un Juzgado de Familia de La Matanza inicie ejecucion de alimentos, los mismos ya se habian acordado con el alimentante, quien no cumplio, se lo intimo y posteriormente se inicio la ejecucion. el tema es el siguiente

El demandado se allano a la pretension y solicito audiencia con la consejera a fin de llegar a un acuerdo y pagar en comodas cuotas lo adeudado.
El Juzgado otorgo lo solicitado y dio audiencia para el 28 de febrero, perjudicando seriamente a mi cliente. El demandado es camionero cobra como 30 lucaS, A ALGUN COLEGA LE PASO ALGO SIMILAR, COMO DEBO PROCEDER?

Desde ya muchas gracias.
 #1161610  por fab999
 
Si se allanó a la ejecución estimo que tiene que pagar por el monto de la ejecución (deuda+intereses), solo se salva de las costas.
*cafe*
 #1161870  por marinero2020
 
Gracias por la respuesta, lo que no entiendo es porque el Juzgado otorgo la audiencia con la Consejera de Familia, es mas quien debe notificar a las partes???

Slds
 #1162166  por patrysalas
 
si es criterio de ese juzgado hacer audiencia para conciliar.. te aconsejo q notifiques a tu cliente con un escrito y dejes vos la cedula para la otra parte..
en realidad.. deberia notificar la parte interesada (la contraria), pero ...
1) vos hasta esa fecha no podes impulsar el expediente q no sea lo de la audiencia
2) si se pasa la audiencia sin notificar , aunq patalees y digas q la obligacion de notificar era el demandado y bla bla bla.. probablemente designen una nueva y pierdas mas tiempo..
3) en la audiencia, si es camionero y trabaja en blanco, solicita la retencion directa por el monto o porcentaje q acordaron .. asi no se atrasa mas.. y luego establezcan como paga lo adeudado.

pd por la fecha q te dieron debe ser juz 1, 7 u 8 :shock: estoy muy errada?
 #1166332  por marinero2020
 
patrysalas escribió:si es criterio de ese juzgado hacer audiencia para conciliar.. te aconsejo q notifiques a tu cliente con un escrito y dejes vos la cedula para la otra parte..
en realidad.. deberia notificar la parte interesada (la contraria), pero ...
1) vos hasta esa fecha no podes impulsar el expediente q no sea lo de la audiencia
2) si se pasa la audiencia sin notificar , aunq patalees y digas q la obligacion de notificar era el demandado y bla bla bla.. probablemente designen una nueva y pierdas mas tiempo..
3) en la audiencia, si es camionero y trabaja en blanco, solicita la retencion directa por el monto o porcentaje q acordaron .. asi no se atrasa mas.. y luego establezcan como paga lo adeudado.

pd por la fecha q te dieron debe ser juz 1, 7 u 8 :shock: estoy muy errada?

Si, es el 1 de LA MAtanza
 #1166597  por patrysalas
 
te dieron una audiencia para un dia feriado?

pedi la retencion directa.. en ese juzgado no hay problema, asi no se va a atrasar mas...
y por lo demas podes arreglar la forma de pago
 #1167168  por marinero2020
 
Estimados colegas vuelvo con el caso del Juzgado 1 de Familia de la Matanza, en una ejecucion de sentencia de cuota alimentaria
Primero. En noviembre el demandado se allano y pidio audiencia para negociar lo adeudado y regimen de visitas, se le concedio y no se presento.
La consejera dicta nueva audiencia para el 28 de febrero de 2017 (Carnaval) Siempre en la ejecucion de Sentencia.
Ahora me dictan un proveido que dice "Atento al estado de autos y lo solicitado por el demandado pasen las presentes a la Asesoria de Incapaces Departamental"

De que me perdi??? como puede ser??

Gracias.
 #1167216  por martha01
 
Lo que ocurre que se olvidaron, me parece que deberias hablar con la persona que lleva el expediente y hacerle ver la situacion.
Hay que estar muy atento con eso, te pusieron una audiencia un feriado y mientras tanto tu clienta no percibe los alimentos, hacele notar eso y que se fije a la brevedad nueva fecha, lleva un escrito manifestando todo, y ya que el criterio es audiencia con el Consejero aprovechá eso a tu favor.