de acuerdo al sistema lex100 de la CSJN... cuando se carga la cédula electrónica que notifica la excepción interpuesta, debe ser acompañada de las copias para traslado?? o
alcanza con subir la cédula, acompañada de la providencia que ordena el traslado?. Es decir sin copia de la excepción??
alcanza con subir la cédula, acompañada de la providencia que ordena el traslado?. Es decir sin copia de la excepción??