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  • AMPARO POR MORA CONT-ADM PCIA BS AS- EJECUCIÓN DE SENTENCIA

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1161833  por TanoAbogado78
 
estimados colegas y foristas, es mi primer post, paso a desarrollar.

Interpuse un amparo por mora contra el ministerio de seguridad de la pcia de bs as, del cual obtuve sentencia favorable que mandaba informar y resolver en el plazo de 15 dias lo solicitado.

Dicha sentencia fue notificado por mi vía oficio al ministerio, por cédula firmada por secretario del juzgado a fiscalia de estado, de aquí se desprenden dos cuestiones fiscalia de estado apelo honorarios, la cuestión planteada fue receptada por el juzgado y se notifico por cédula a fiscalia que se hacia lugar al recurso pero no solicito fiscalia la elevación de las actuaciones a la cámara. En segundo lugar transcurrió ya el plazo de tiempo otorgado en la sentencia al ministerio para informar y resolver y todavía no lo han hecho.

Podría en el mismo escrito y teniendo en cuenta las circunstancias que describí anteriormente solicitar se eleven las actuaciones y se intime a cumplir la sentencia?

Desde ya les agradezco sus comentarios y apreciaciones.-
 #1161844  por administrativista
 
Sì el resolutorio no ha sido atacado sino en la parte de los honorarios (que calculo seràn las costas a la vencida), podès denunciar incumplimiento de la medida sì.
 #1161859  por administrativista
 
No, nada obsta pero si elevan los autos a Càmara no te lo van a proveer enseguida.
Intentaría promover un incidente por el incumplimiento. Consultalo en el juzgado. Pregunta: desde el inicio de la demanda a hoy, ¿cuanto tiempo ha insumido la tramitaciòn de la causa?

Después contame cómo te fue.
 #1161960  por TanoAbogado78
 
el primer despacho es de fecha 30-09-16, según me dijeron en el juzgado tuve suerte en cuanto al tiempo que demandaron los proveídos, juzgado contencioso administrativo Nº 2 de La Plata.

Tanto el ministerio como fiscalia de estado no respondieron en el plazo perentorio, por eso inmediatamente cumplido el mismo pedí se dicte sentencia.

Con respecto a la vía incidental lo voy a consultar mañana y comento como lo resolví, nuevamente gracias.-
 #1162108  por TanoAbogado78
 
En el día de ayer concurrí al juzgado cont-adm Nº 2 de la ciudad de La Plata y con expediente en mano consulte el temperamento del juzgado con relación al tema por el cual abrí este post, la respuesta fue la siguiente... me manifestaron que dependía de mis prioridades, por lo cual resolví presentar un escrito denunciando incumplimiento y solicitando se intime al ministerio sin generar vía incidental, proveído lo cual podre solicitar que se eleven los autos a la cámara de apelaciones.-

Mas para agregar no tengo, agradezco desde ya la colaboración de todos los que pasaron y leyeron y en especial de "administrativista" quien tuvo la gentileza de compartir lo que pensaba al respecto.