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  • veraz deuda prescripta. Puedo pedir que lo borren?

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 #133833  por larrylu
 
Hola! Tengo un cliente que figura en el veraz por deudas con tarjetas de crédito que datan del 99 y 2000. Sé que por deudas impagas, deben bajarlo del veraz a los cinco años. Pero esto es siempre y cuando no haya sido intimado ni le hayan iniciado ninguna demanda. Averigué en la Cámara Comercial y no tiene nada iniciado. En cuanto a las intimaciones, sí fue intimado, pero todas ellas lo fueron dirigidas a un domicilio donde él ya no vivía, y a su trabajo donde tampoco se notificó porque la empresa se mudó. Jamás firmó ninguna carta documento ni nota ni nada. Estas intimaciones, interrumpen la prescripción, o no? Se puede hacer algo? Se puede pedir daños y perjuicios o simplemente la supresión del dato? A donde tendría que dirigir el eventual reclamo? Alguien me puede orientar? Gracias.
 #133849  por Alberto Auní©
 
El banco al que debe el cliente es el que debe borrar el dato.

La ley de Habeas Data (poniendo estas palabras en google entre comillas sale el texto completo) dice que los datos deben ser borrados a los cinco años de la última novedad negativa.
Las empresas de información comercial se limitan a copiar los datos que envía el Banco Central, el cual a su vez los recibe de los bancos.

Las bases deben registrarse para ser válidas y están sometidas a la ley, según establece la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales:

http://www.jus.gov.ar/dnpdpnew/

Domicilio
Sarmiento 1118 - 5º piso
C1041AAX Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina
Teléfonos: 54-11-4383-8512 al 4383-8515
Registro Nacional de Bases de Datos: 54-11-4383-8521

Horario de Atención: de 10 a 18 hs.

Contáctenos por mail:PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar

Los pasos son:

Pedir al banco que se borre el dato por la ley mencionada, que establece el Derecho al Olvido.
Hacerlo por carta documento o carta duplicada con el duplicado sellado como recibido (en el organismo oficial mencionado asesoran).
Una vez hecho esto hay que esperar de dos a tres meses como máximo, salvo que el banco lo haga enseguida, lo que a veces pasa.
Esto se debe a que el banco informa al Central cada mes la lista de deudores, el mes siguiente se procesa y en el otro sale en la página web del BCRA.
Ejemplo: la nota se presenta en abril, el banco envía a fin de mes o principio de mayo la lista al BCRA, que la elabora y sale en junio. De allí toman los datos las empresas de informes comerciales.
Si no pasa nada presentarse en la Dirección mencionada y ellos piden que se elimine el dato.
Por eso es importante el comprobante sellado o duplicado de CD probando que se pidió la eliminación ante el banco.
Además esa Dirección tiene un dictamen estableciendo que deben borrarse los datos de deudas prescriptas por no ser relevantes.


Alberto Auné
 #134820  por larrylu
 
Alberto gracias por tu respuesta. Pero ya que estamos te pregunto: Se puede pedir un resarcimiento económico por no haberlo bajado transcurridos los 5 años? Mi idea era pedir una mediaciòn y solicitar una suma por daños y perjuicios además de la supresión del dato. Está mal?
Desde ya, muchas gracias.


[quote="Alberto Auné"]El banco al que debe el cliente es el que debe borrar el dato.

La ley de Habeas Data (poniendo estas palabras en google entre comillas sale el texto completo) dice que los datos deben ser borrados a los cinco años de la última novedad negativa.
Las empresas de información comercial se limitan a copiar los datos que envía el Banco Central, el cual a su vez los recibe de los bancos.

Las bases deben registrarse para ser válidas y están sometidas a la ley, según establece la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales:

http://www.jus.gov.ar/dnpdpnew/

Domicilio
Sarmiento 1118 - 5º piso
C1041AAX Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Teléfonos: 54-11-4383-8512 al 4383-8515
Registro Nacional de Bases de Datos: 54-11-4383-8521

Horario de Atención: de 10 a 18 hs.

Contáctenos por mail:PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gov.ar

Los pasos son:

Pedir al banco que se borre el dato por la ley mencionada, que establece el Derecho al Olvido.
Hacerlo por carta documento o carta duplicada con el duplicado sellado como recibido (en el organismo oficial mencionado asesoran).
Una vez hecho esto hay que esperar de dos a tres meses como máximo, salvo que el banco lo haga enseguida, lo que a veces pasa.
Esto se debe a que el banco informa al Central cada mes la lista de deudores, el mes siguiente se procesa y en el otro sale en la página web del BCRA.
Ejemplo: la nota se presenta en abril, el banco envía a fin de mes o principio de mayo la lista al BCRA, que la elabora y sale en junio. De allí toman los datos las empresas de informes comerciales.
Si no pasa nada presentarse en la Dirección mencionada y ellos piden que se elimine el dato.
Por eso es importante el comprobante sellado o duplicado de CD probando que se pidió la eliminación ante el banco.
Además esa Dirección tiene un dictamen estableciendo que deben borrarse los datos de deudas prescriptas por no ser relevantes.


Alberto Auné[/quote]
 #134842  por Alberto Auní©
 
Larrylu:

No conozco sobre casos de compensación por no haber borrado el dato a tiempo. Sí hubo dictámenes cuando se incluyó a gente por error o porque por ejemplo le dieron al cliente una tarjeta de crédito o una cuenta corriente con descubierto sin que se enterara y se hizo una deuda.

También hubo algunos casos en los que se probó la pérdida de una chance o posibilidad económica, por ejemplo un crédito que impidió un negocio.

Si ponés en google "habeas data" hay información sobre el tema.

Los letrados del foro sabrán más del tema, pero creo es difícil pedir una compensación si no hubo un daño probado.


Alberto Auné
 #135623  por larrylu
 
Alberto:
OK, gracias por tu atención.

Larrylu.

[quote="Alberto Auné"]Larrylu:

No conozco sobre casos de compensación por no haber borrado el dato a tiempo. Sí hubo dictámenes cuando se incluyó a gente por error o porque por ejemplo le dieron al cliente una tarjeta de crédito o una cuenta corriente con descubierto sin que se enterara y se hizo una deuda.

También hubo algunos casos en los que se probó la pérdida de una chance o posibilidad económica, por ejemplo un crédito que impidió un negocio.

Si ponés en google "habeas data" hay información sobre el tema.

Los letrados del foro sabrán más del tema, pero creo es difícil pedir una compensación si no hubo un daño probado.


Alberto Auné[/quote]