Buenas tardes. Tengo un caso de un trabajador que tuvo un accidente in itinere, hace casi 2 años. Por el mismo estuvo internado varios dias porque se quebró el tobillo. Su empleador, mientras estaba internado lo despide por abandono de trabajo. No se hizo denuncia a la ART. Mi pregunta es: la demanda va solo contra el empleador y que este en su caso cite a la ART? El calculo de los daños se calcula por Ripte? Gracias
“Las divisiones son líneas imaginarias trazadas por las mentes pequeñas.”
La verdad es que no existe límite alguno, solo en la mente que se cree separada y aislada del resto
Respiremos y amemos que lo demás ¡es puro cuento!
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