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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1163107  por ale2011
 
Una señora extranjera tiene radicación en 1985 (los 18 años los cumplió en el 74)......no tiene nada de aporte por su cuenta.

En Anses dice que le dijeron que no llega porque tiene 29 años de aporte! (o se a como que puede comprar 29!)

Pero no se toma desde la fecha de radicación?! o tal vez cambio algo y yo nunca me entere
 #1163110  por lucky
 
Primero fijate la fecha de ingreso que figura en el DNI.
Te pego la Cicular.

Circular 18/16 – ANSeS (DPA)
ADP. Documentación para acreditar ingreso al país. Reemplaza a la circular DPA 16/16
Buenos Aires, 14 de julio de 2016
Se lleva a conocimiento que a partir de la fecha se modifica la documentación requerida para registrar la fecha y el comprobante de ingreso al país de los extranjeros y argentinos naturalizados en ADP, según el siguiente detalle:
Si es Argentino Naturalizado:

- DNI: Fecha de Ingreso que surja del mismo, si no la tuviera registrar fecha de Naturalización (en este caso, podrá presentar el DNI inmediato anterior al de su naturalización) o
- CERTIFICADO DE MIGRACIONES
Extranjero con DU:

- DNI: Fecha de Ingreso que surja del mismo si no la tuviera, registrar fecha de emisión del documento
Si es Extranjero sin DU: (CUIL provisorio)

- CERTIFICADO DE MIGRACIONES o
- PASAPORTE
Si correspondiera a un Extranjero fallecido:

- CERTIFICADO DE MIGRACIONES
Asimismo, las personas que cuenten documentación adicional con la que pretendan acreditar una fecha de ingreso al país diferente a la que surge de la registrada en el documento nacional de identidad, se deberán dirigir a la Dirección Nacional de Migraciones o al Registro Nacional de las Personas para actualizar el documento nacional de identidad, o el pasaporte / certificado de migraciones, según corresponda.
 #1163127  por nitramus
 
Todas las prestaciones que solicitan los extranjeros van a la verificacion de residencia por el convenio Anses-DNM, sin importar si acreditacion fehacientemente el plazo minimo de residencia legal en el pais. Todos los tramites paralizados desde octubre/noviembre.
 #1163132  por lucky
 
No sé si para todos los casos es igual. Por ejemplo me tocó una por la 24476, de extranjero con entrada hace más de 50 años al país, y cobra este mes.
Por ahí es para las PUAM o la 26970.
 #1163335  por Mer1984
 
En mi caso, dos 24776, extranjeros devenidos en argentinos naturalizados, presenté certificado de migraciones para probar el ingreso al país con anterioridad a la fecha de naturalización y tardaron un plazo aceptable, ya están cobrando. Saludos.
 #1167366  por coraso
 
Buen dia, disculpen no entendi bien la normativa. Si es extranjera sin naturalizar con DNI me sirve como fecha de ingreso la del certificado de Migraciones? ya no tengo que hacer cambiar la fecha de ingreso del DNI?
Gracias
 #1167374  por lucky
 
coraso escribió:Buen dia, disculpen no entendi bien la normativa. Si es extranjera sin naturalizar con DNI me sirve como fecha de ingreso la del certificado de Migraciones? ya no tengo que hacer cambiar la fecha de ingreso del DNI?
Gracias
Lo que vale es la fecha que está en el DNI. Y si querés modificarla en base a documentación que acredite que la entrada es anterior, hay que ir a migraciones y modificar el dni.
 #1167409  por sutriz
 
Hola
¿Existe alguna nueva resolución que establezca como requisito que los extranjeros para acceder a la moratoria , deben tener por lo menos un hijo argentino? Pregunto esto porque hoy me hicieron la consulta por una señora extranjera a la que en el asesoramiento en udai La Ferrere le dijeron que no podia jubilarse por esto.
 #1184074  por giselaestrella87
 
Buenos dias tengo una señora extrajero que ingreso al pais el 24/10/1975 y nacio el 4/12/53 en su pais natal.
tiene aportado solo de 2 meses en el 84. puedo tramitarle la jubilacion? actualmente tene 63 años
 #1236080  por 10jul1989
 
Hola Gisela, tengo un caso parecido, extranjera sin aportes y solo un año de art 19 (excedente de edad) el tema es que con la moratoria desde los 18 años, llegó a completar los 30 años de aporte, pero si tomo la fecha de ingreso al país me va a faltar unos 9 años aprox.
La pregunta es ¿ Alguno pudo tramitar jubilación de extranjero , comprando moratoria desde los 18 años, siendo que su ingreso al país fue posterior?
Aclaro que esta persona tiene 30 años de permanencia en el país.
Quisiera conocer su experiencia, para estos casos.
Gracias.
Marie
 #1236081  por 10jul1989
 
Hola Gisela, tengo un caso parecido, extranjera sin aportes y solo un año de art 19 (excedente de edad) el tema es que con la moratoria desde los 18 años, llegó a completar los 30 años de aporte, pero si tomo la fecha de ingreso al país me va a faltar unos 9 años aprox.
La pregunta es ¿ Alguno pudo tramitar jubilación de extranjero , comprando moratoria desde los 18 años, siendo que su ingreso al país fue posterior?
Aclaro que esta persona tiene 30 años de permanencia en el país.
Quisiera conocer su experiencia, para estos casos.
Gracias.
Marie
 #1249012  por marira
 
Hola a todos, mi consulta es porque tengo una señora, es extranjera, en su documento tiene fecha de ingreso al pais 19/04/1988 y fecha de radicación 29/03/1996. A su vez, en la sabana de aportes, tiene aportes en los años 1982 a 1984. En realidad vino a Argentina desde muy joven, pero siempre le hicieron mal el documento. Tengo posibilidad de computar los aportes de 1982 a 1984 y la fecha de entrada al pais?.- Muchas gracias por sus respuestas.-