Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • pagan RH sin haber aceptado acuerdo

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1163461  por domo
 
Estimados:
En el dia de ayer se me presentaron dos situaciones que me gustaria comentarles:
1.- Una persona con la que firmamos el convenio y tenia fecha de cobro para el 15/1 no le depositaron la jubilacion, por lo tanto se dirije al banco y le informan que su fecha de cobro ha sido modificada ya que comenzara a cobrar la RH (la diferencia de ella era de $3.800). Controle en su Liquidacion previsional y efectivamente tiene el monto liquidado a partir del mensual 01/17....Me pregunto en que queda entonces lo del procedimiento judicial de homologacion??????
2- Esta situacion es la novedosa....señora de 76 años donde hasta el dia viernes no tenia propuesta en la web, es decir que recien el viernes aparecio la misma con un reajuste de $5500. Me llama ayer para comentarme que en el banco le informaron que ya cobraria con la Reparacion Historica.....controlo en la liquidacion y efectivamente tiene dicho monto liquidado, el tema es que la señora nunca acepto el ofrecimiento, por ende, no se firmo convenio en anses pero sin embargo va a cobrar ese monto alto. A alguien le esta pasando?
Saludos y espero que sirva la informacion para que controlen en sus liquidaciones
 #1163462  por SAIJ2017
 
Si hay un decreto de dic 2016 Nro 1244) por el que se le asignan recursos adicionlaes a ANSES para ampliar los beneficiariios a los que se les paga reajuste automatico.

ARTÍCULO 6° — Facúltase a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) a establecer y aplicar procedimientos abreviados para los beneficiarios del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados que tengan cumplidos SETENTA Y CINCO (75) años de edad, que requieran una solución con mayor urgencia, o cuyos incrementos sean de escasa significación económica, con el objeto de reajustar los haberes en forma anticipada, condicionado a la posterior homologación judicial.

"Así, se les incrementará el ingreso a personas de 75 años o más cuyos haberes ya actualizados no superen el valor de la jubilación mínima multiplicada por cuatro (esto da $ 22.644) y a quienes, más allá de su edad, les corresponda (según los criterios de cálculo adoptados por la Anses).
TAMBIEN PODES PRESENTAR NOTA Y EL JEFE DE LA UDAI DISCRECIONALMENTE TE LO PUEDE OTORGAR" recomiendo ir vestido de amarillo.

Los honorarios se pagaran finalizado el acuerdo transaccional y cuando quede firme la notificacion del mismo, calculale 2018.

Ahora lo que falta es que prorroguen el plazo de 6 meses para seguir cobrando sin aceptar la propuesta.
 #1164065  por paunorma
 
SAIJ2017 escribió:Si hay un decreto de dic 2016 Nro 1244) por el que se le asignan recursos adicionlaes a ANSES para ampliar los beneficiariios a los que se les paga reajuste automatico.

ARTÍCULO 6° — Facúltase a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) a establecer y aplicar procedimientos abreviados para los beneficiarios del Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados que tengan cumplidos SETENTA Y CINCO (75) años de edad, que requieran una solución con mayor urgencia, o cuyos incrementos sean de escasa significación económica, con el objeto de reajustar los haberes en forma anticipada, condicionado a la posterior homologación judicial.

"Así, se les incrementará el ingreso a personas de 75 años o más cuyos haberes ya actualizados no superen el valor de la jubilación mínima multiplicada por cuatro (esto da $ 22.644) y a quienes, más allá de su edad, les corresponda (según los criterios de cálculo adoptados por la Anses).
TAMBIEN PODES PRESENTAR NOTA Y EL JEFE DE LA UDAI DISCRECIONALMENTE TE LO PUEDE OTORGAR" recomiendo ir vestido de amarillo.

Los honorarios se pagaran finalizado el acuerdo transaccional y cuando quede firme la notificacion del mismo, calculale 2018.

Ahora lo que falta es que prorroguen el plazo de 6 meses para seguir cobrando sin aceptar la propuesta.
Hola a todos:
Ayer se me presentó una situación rara. Un señor que ya empezó este mes a cobrar la reparación histórica, en la udai de Alvarez Thomas le hicieron sacar turno para ir a firmar convenio con un abogado. El turno le salió para la udai Liniers, fuimos ayer y quien lo atendió le dijo que la suya era una anticipada, por lo que solo tenía que aceptarla, pero no firmar convenio, que en este caso no es necesario homologación, solo aceptación por internet. Dos udais dando información contradictoria. Tengo dudas sobre cual será la correcta.
 #1164068  por lucky
 
Si el sistema, una vez que se acepta la propuesta, da la opción de designar abogado es porque luego de la aceptación, hay que suscribir con la huella previa obtención de turno. Además en estos casos el turno se saca con la CSS del abogado.
Si no te da la opción de dar de alta abogado, es aumento automático.

Por lo que contás si le dieron un turno pero sin designar abogado, era un turno común de asesoramiento.
 #1164075  por paunorma
 
lucky escribió:Si el sistema, una vez que se acepta la propuesta, da la opción de designar abogado es porque luego de la aceptación, hay que suscribir con la huella previa obtención de turno. Además en estos casos el turno se saca con la CSS del abogado.
Si no te da la opción de dar de alta abogado, es aumento automático.

Por lo que contás si le dieron un turno pero sin designar abogado, era un turno común de asesoramiento.
Muchas gracias. Sí, le acepté la propuesta y luego da opción a designar abogado, así que en la udai Liniers nos informaron mal
 #1164079  por lucky
 
Si te diste de alta como abogada de esta persona, y después aceptaste el Convenio con tu CSS, fijate que el turno lo pide el abogado con su clave.
Por lo que veo el turno se lo dieron en Urquiza, y seguramente sin intervención tuya, por lo que probablemente fue para asesoramiento.
 #1164096  por Anyweb
 
"Así, se les incrementará el ingreso a personas de 75 años o más cuyos haberes ya actualizados no superen el valor de la jubilación mínima multiplicada por cuatro (esto da $ 22.644)"

Tengo el caso de una Sra. de 81 años que del haber mínimo pasa a $14.400.- pero aún no le han pagado.
Espero que en Ferbrero cobre con el aumento.