Estimados, presente demanda en juzgado de paz letrado por el reclamo de compensación económica del concubino. El Juzgado declaro la inhibitoria de oficio, por lo que lo remitirá al Juzgado de Familia, alguien tiene algún fallo al respecto considero que la competencia taxativa de la ley 5827 debe ceder ante determinados supuestos que se plantean en torno al nuevo codigo civil. Si alguien ha apelado solicito consejo.