Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SOLICITUD DE COBRO DE HONORARIOS DEPOSITADOS EN CTA JUDICIAL

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1163991  por iuris87
 
Buenos días colegas, lamentablemente en mi corta carrera tuve que iniciar una ejecución de honorarios en un divorcio....la situación es la siguiente...inicié ejecución...notifique bajo responsabilidad...se dicta sentencia por capital costas e intereses...hago oficio se embarga % del sueldo....se comienza a depositar en cta a nombre del juzgado...notifico bajo responsabilidad del embargo...y luego como a la 4 ta "cuota" que depositan...( aclaro que todavía no se completo la totalidad de lo que deben depositar) presento el sig. escrito para cobrar lo hasta aquí depositado:

"I).- Que vengo a acompañar el correspondiente saldo de cuenta bancaria emitido por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
II).- En consecuencia, solicito se libre oficio a los efectos de materializar el cobro de dicho saldo a mi favor.- "

y me sacan un despacho diciendo :"Téngase presente para su oportunidad.- Peticione conforme a derecho y se proveerá.-"


Alguien que me ilustre? :roll: muchas gracias!
 #1164047  por andresxeneizes
 
cuando se embargan fondos, si los mismos no son dados en pago por el embargado hay que
1) pedir la citacion de venta del embargo (art 505 cod proc nac, fijate en provincia si es el mismo)
2) el juez te va a ordenar notificar la citacion de venta
3) aca puede pasar que el embargado no presente nada o de en pago los fondos, en caso de que pase esto ultimo recien ahi pedis el giro
4) en caso que el embargado no diga nada, vencido el plazo de la citacion de venta, pedis que se dicte sentencia de remate (art 508 cod proc nac, fijate en provincia si es el mismo)
5) luego que sale esta resolucion, se notifica, y cuando queda firme la misma recien ahi pedis el giro
 #1164058  por abogado_1987
 
iuris87 escribió:Buenos días colegas, lamentablemente en mi corta carrera tuve que iniciar una ejecución de honorarios en un divorcio....la situación es la siguiente...inicié ejecución...notifique bajo responsabilidad...se dicta sentencia por capital costas e intereses...hago oficio se embarga % del sueldo....se comienza a depositar en cta a nombre del juzgado...notifico bajo responsabilidad del embargo...y luego como a la 4 ta "cuota" que depositan...( aclaro que todavía no se completo la totalidad de lo que deben depositar) presento el sig. escrito para cobrar lo hasta aquí depositado:

"I).- Que vengo a acompañar el correspondiente saldo de cuenta bancaria emitido por el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
II).- En consecuencia, solicito se libre oficio a los efectos de materializar el cobro de dicho saldo a mi favor.- "

y me sacan un despacho diciendo :"Téngase presente para su oportunidad.- Peticione conforme a derecho y se proveerá.-"


Alguien que me ilustre? :roll: muchas gracias!
disculpá, pero no entiendo la secuencia de pasos procesales como una ejecución de honorarios,
si podés transcribí la sentencia sin datos personales, fecha, montos, etc
 #1166497  por iuris87
 
Muchas gracias por sus aportes!! abogado1987...perdon pero dije "sentencia" en realidad es el primer despacho...yo traté de seguir las instrucciones del mismo...de ahi que relaté los pasos procesales que seguí...EL DEMANDADO JAMÁS SE PRESENTÓ EN EL EXPTE ...copio el despacho en en su parte pertinente a ver si me orientan como puedo cobrar lo hasta aquí depositado....(aclaro que es un embargo de sueldo):



Atento lo que surge del informe actuarial que antecede y en los términos previstos en los arts. 497, 498 inc y sig del CPCC, hasta cubrir las sumas de PESOS ......................... ($...............) , importe de honorarios regulados y reclamdos en la presente incidencia, la de ......................... ($ .........................) en concepto de aportes, con más la suma de PESOS ............................................ ($ ............), que se presupuesta "prima facie" para responder a intereses, costos y costas del juicio, decrétase el embargo sobre el sueldo del demandado y hasta el límite de ley.. A tal fin, líbrese el oficio a la empresa PLAZA........... S.A. ( arts 195, 198, 204, 233 y cctes del CPCC). Una vez efectivizada la medida , notifíquese a los afectados ( art. 198, 2do párrafo del CPCC).
Las sumas consignadas supra deberán ser retenidas y depositadas del 1 al 10 de cada mes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Quilmes Centro, a cuenta de autos y a la orden del Tribunal. A los fines que se proceda a la apertura de la cuenta bancaria en pesos respectiva, líbrese oficio al Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Quilmes Centro, haciéndole saber al ejecutante que una vez obtenido el número de la misma y CBU, deberá consignarlo en el instrumento ordenado en el párrafo que antecede.
UNA VEZ ACREDITADA LA EFECTIVA TRABA DEL EMBARGO PRECEDENTEMENTE ORDENADO mediante saldo de la cuenta de autos, atento lo normado por el art. 503 del C.P.C.C, cítese al ejecutado en su domicilio real, para la venta del bien embargado, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución si, dentro de cinco días de notificado no opone y prueba las excepciones a las que se considere con derecho (arts. 498 inc. 3º, 502, 503, 504 y 506 del C.P.C.C.). Notifíquese conjuntamente con el embargo trabado en autos.


Luego de embargado el sueldo y depositado en la cuenta de autos (no todo el monto...falta algo todavía pero son muy duros para depositar) acompañe el saldo bancario y y solicité se libre el giro, peeeero antes de esto envié la sig. cedula:

NOTIFICO a Ud. que en el expediente caratulado "................" que tramita por ante este órgano, se ha resuelto: “Quilmes, 29 de Octubre de 2013.- Atento lo que surge del informe actuarial que antecede y en los términos previstos en los arts. 497, 498 inc y sig del CPCC, hasta cubrir las sumas de ......................... , importe de honorarios regulados y reclamados en la presente incidencia, la de............................) en concepto de aportes, con más la suma de PESOS ..............., que se presupuesta "prima facie" para responder a intereses, costos y costas del juicio, decrétase el embargo sobre el sueldo del demandado y hasta el límite de ley.. A tal fin, líbrese el oficio a la empresa PLAZA ........... (arts. 195, 198, 204, 233 y cctes del CPCC). Una vez efectivizada la medida , notifíquese a los afectados ( art. 198, 2do párrafo del CPCC).” … “UNA VEZ ACREDITADA LA EFECTIVA TRABA DEL EMBARGO PRECEDENTEMENTE ORDENADO mediante saldo de la cuenta de autos, atento lo normado por el art. 503 del C.P.C.C, cítese al ejecutado en su domicilio real, para la venta del bien embargado, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución si, dentro de cinco días de notificado no opone y prueba las excepciones a las que se considere con derecho (arts. 498 inc. 3º, 502, 503, 504 y 506 del C.P.C.C.). Notifíquese conjuntamente con el embargo trabado en autos. Fdo.: GERMAN LUIS MEISZNER. JUEZ -----------------------------.

Escucho opiniones colegas.....y gracias anticipadas!!
 #1166617  por abogado_1987
 
entiendo que trabado el embargo capital, intereses y costas (totalidad)
solicitaría se mande llevar adelante la ejecución (te van ordenar notificar este auto)
firme el mismo > practicaría liquidación capital, intereses y costas (traslado del mismo)
firme el mismo > solicitaría se ordene librar cheque en concepto de honorarios, intereses y costas
detallaría $ ..... en concepto de honorarios, $ ..... en concepto de intereses y $ ...... en concepto de costas