Hay muy poco información sobre como proceder ante la firma del acuerdo de reparación histórica con beneficiarios que no pueden acudir en persona a la aceptación.
Les dejo este link que encontré en la web que tiene varios supuestos y explicaciones
http://www.rjyp.com.ar/nove/dnyp0702.htm
Saludos
Les dejo este link que encontré en la web que tiene varios supuestos y explicaciones
http://www.rjyp.com.ar/nove/dnyp0702.htm
Saludos