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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1164218  por TamaraNavarro
 
Estimados colegas, buenas tardes, vengo a pedirles ayuda y consejos por un caso que me llego.
Soy nobel abogada y me encuentro con un mar de dudas.
El caso es el sgte.
Mi cliente, dueño de una gomeria, tiene un empleado debidamente registrado desde el año 2002. Este siempre ha tenido accidentes de trabajo y la art respondio debidamente.
En fecha 02 de Junio de 2016 tuvo un accidente, la art respondio debidamente y en fecha 28 de Diciembre le dan el alta. En fecha 05 de Enero de 2017 le notifican la ART que procederan a la recalificacion de su puesto y que hasta ese momento no debe presentarse a trabajar. El dia 20 de Enero de 2017 una empleada de la Aseguradora se apersona a la gomeria y notifica la reasignacion de tareas o recalificacion al empleado, otorgando un plazo de 15 dias habiles.
Mi cliente me contacta por ello. La realidad es que siendo la pequeña empresa una gomeria ni sector adminsitrativo tienen, no cuentan con la posibilidad de reasignarle una tarea mas liviana.
Como contesto la notificacion de la ART?niego por parte del empleador poder reasignarle tareas y busco una recalificacion mediante algun curso?
Trato de llegar a un acuerdo con el empleado?. Aclaro que mi ciente sabe que debera indemizar en caso de despido.
Que harian ustedes.
Agradezco infinitamente sus respuestas.
 #1164223  por JorgeLAI
 
Hola. De acuerdo a lo que comentás, y ante la imposibilidad real de la recalificación, lo que yo haría sería buscar un acuerdo en los términos del 2º párrafo del art. 212 LCT (indemnización del art. 247). Aguardá otras opiniones. Saludos.