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  • Clausura periodo probatorio

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 #1164669  por pps1973
 
Buenas tardes, les hago una consulta, soy de Santa Fe y se trata de un juicio por daños y perjuicios que tramita en fuero federal (codigo procesal Civil y Comercial de la Nacion).

Voy por la actora. Es un juicio con 12 cuadernos de prueba, y mas de 9 cuerpos el principal. Obviamente, el plazo de 40 dias para la prueba ya paso.

He diligenciado la prueba en esos 12 cuadernos, en algunos casos bien, en otros cuadernos no tanto. En el "peor cuaderno", deje de moverlo por 2 meses, aunque ahora los he retomado a todos.

Ahora bien, la demandada planteo directamente cierre o clausura del periodo probatorio.Esta para resolver y me estoy comiendo los codos.

Yo entiendo que la demandada debio pedir primero la negligencia en el cuaderno correspondiente, porque sostengo que la clausura procede cuando la prueba esta cumplida o cuando hay declaracion de negligencia firme.

La causa tiene un monton de prueba pendiente, la cual se esta moviendo, sin perjuicio de que algun cuaderno esta mejor llevado que otro.

Como lo ven? Creen que procede la clausura de la prueba, por el solo hecho de que pasaron los 40 dias? (la prueba lleva ya 1 año y medio)

Gracias!
 #1164761  por DrOcto
 
La clausura implica que ya no se puede producir prueba nueva, pero implica que la prueba pendiente de producción se sigue produciendo (es decir que se terminará de producir y se agregará luego de decretada la clausura).

El único inconveniente que tenes es que puede ser que la prueba sea incorporada después de dictada la sentencia, esa es alguna táctica que he visto que usan algunos colegas (no la recomiendo ni la usaría, me parece muy inoficiosa).
 #1165552  por pps1973
 
Gracias Colega por su respuesta. Finalmente el juzgado no hizo lugar al pedido de la contraparte, pues entiende q hay prueba esencial para producir y q hay actividad de mi parte