Hola les consulto usucapión tramita en provincia Bs. As. el demandado una SA. fue declarado rebelde se dio apertura a prueba por 30 días diligencie los oficios de los cuales solo no contesto aun Telecom, se realizo audiencia testimonial, todo esto en diciembre, les consulto sobre estas cuestiones: 1. No procede dar vista al defensor de oficio por tratarse de una persona jurídica verdad? 2. En el auto de apertura a prueba dice CONFESIONAL: Será considerada una vez producida la prueba restante, les pregunto: se fijara audiencia para que absuelva posiciones el representante legal de la sociedad? ya que esta rebelde o de igual modo se fija fecha y queda notificado en los estrados del juzgado? Se presenta el pliego igualmente.
3. Antes esta circunstancia y teniendo en cuenta que la contestación de Telecom no es esencial corresponde que pida se cierre apertura a prueba y que pasen los autos para sentencia o sigo esperando contesten? 4. Debo presentar algún escrito a modo de alegato evaluando la prueba producida y su importancia probatoria en el derecho invocado?
Gracias
3. Antes esta circunstancia y teniendo en cuenta que la contestación de Telecom no es esencial corresponde que pida se cierre apertura a prueba y que pasen los autos para sentencia o sigo esperando contesten? 4. Debo presentar algún escrito a modo de alegato evaluando la prueba producida y su importancia probatoria en el derecho invocado?
Gracias