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  • JUICIO DE ESCRITURACION.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1165893  por baldodeubaldis
 
Estimados colegas. En una compraventa de un inmueble realizado en 1973, se pago parte del precio , alrededor de un 80%, en pesos Ley 18.188, La inflacion y el Rodrigazo hicieron el resto. El comprador le inicio juicio de escrituración a los vendedores.Con fallo de Cámara y Corte art. 280, se obligó a los vendedores a escriturar en favor del comprador, previo pago del resto de la deuda, nunca se pusieron de acuerdo.Eran familias vecinas de barrio. Fallecieron todos, hasta los abogados. Hoy se reunieron los herederos de ambas familias y la parte que vendio el terreno(con obligacion de escriturar), quiere recuperarlo.Los herederos del comprador, quieren deshacerse del inmueble, no lo quieren y por un precio justo , descontando un 30% del valor aprox. se lo quieren dar a los herederos del vendedor, lo quieren devolver, desprenderse del inmueble..¿Cual es la via mas rápida, en el expediente de escrituracion para renunciar al inmueble ?.¿Como se argumenta o justifica en un escrito que los herederos del comprador que gano el juicio. lo ceden a los herederos del vendedor nuevamente ?.Cesion onerosa ? .Gracias por sus opiniones.
 #1165895  por erciliaalejandra
 
Hola: no sé de dónde sos, pero me parece que lo más rápido sería que los herederos del comprador (con la dh en mano), desistan de la acción y del derecho en el juicio por escrituración.
Los herederos del vendedor sólo deberían hacer la sucesión, ya que en el Registro figura a nombre de sus ascendientes.
Saludos
 #1165896  por erciliaalejandra
 
Hola: no sé de dónde sos, pero me parece que lo más rápido sería que los herederos del comprador (con la dh en mano), desistan de la acción y del derecho en el juicio por escrituración.
Los herederos del vendedor sólo deberían hacer la sucesión, ya que en el Registro figura a nombre de sus ascendientes.
Saludos
 #1165905  por baldodeubaldis
 
¿¿¿Gracias Abogada ¡ Es todo en Capital.Los herederos del comprador ya tienen DDHH. En cuanto al terreno, todavía está a nombre del padre de los vendedores, que murio en 1943¡ y se hizo la sucesión en 1966 ,pero no se inscribio la DDHH a nombre de los hijos, y en eso estoy, pero a lo que voy también, es convencer al Juez, porque es una locura, que después de un juicio de casi 40 años los herederos del comprador no tengan interés a pesar de haber "ganado " el juicio. Si es así, deberíamos ir a uan escribanía y en Escritura desistir de la aciión y el derecho ¿ es así? , pero antes el hredero de los vendedores ( vencidos), debería pagar un 70 % del valor de mercado del terrreno ? el objetivo es también que el Escribano haga sólo la Escritura de desistimiento de la acción y del derecho en "tal juicio" en favor de quien quiere el inmueble , pero no se quiere que se realice ninguna escritura de compraventa con el objeto de pasar lo más lejos de la AFIP..El terreno de Capital tiene muchas deudas de ABL y Agua, que se encarga de abonarlas el heredero que quiere retomar la propiedad para su familia "por una cuestión de orgullo " y realizar una obra de deepartamentos en Prop. Horizontal. En resumen: Desistir de la acción y el derecho por escritura pública , se recibe la diferencia en $$$$$, y se inscribe en inmueble directamente, despues de finalizada una sucesión que falta, a nombre del heredero de los vendedores.Gracias abogada, espero estar bien encaminado.¿ Esta bien ? Gracias.
 #1166100  por baldodeubaldis
 
También pensé en :Transacción, cesion onerosa de derechos, desistimiento de la acción, todo por escritura pública y presentarla en el expediente , sin argumentar nada en ningún escrito.
 #1166235  por baldodeubaldis
 
¿¿¿ Es correcto ? Aparte no tendría que presentar escritos argumentando el porqué los herederos del comprador no quieren ver el terreno ni en figuritas ¡¡ Transacción- desistimiento de la acción y el derecho y cesion onerosa ? Por escritura.