Queridxs colegas: Capaz parezca tonta la pregunta pero la verdad es que no estoy muy segura. El tema es el siguiente: hace muchos años atendí a una persona que había cometido un homicidio culposo en un accidente vehicular. La aseguradora pretendía excluir la cobertura ya que alegaba que mi cliente utilizaba el automotor como remisse. Por lo tanto, tampoco lo cubrió con asesoramiento jurídico en el juicio civil (donde asumí yo como su letrada patrocinante). Ahora bien, la Cámara de apelaciones ha rechazado la exclusión de la cobertura y hace extensiva la sentencia condenatoria a la aseguradora también. Mi pregunta es: ¿la aseguradora debe pagarme los honorarios?
Muchas gracias por sus respuestas!
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