Hola, buenas tardes! Les consulto lo siguiente, a ver si pueden orientarme. En un expediente se me ha hecho lugar al levantamiento de una medida cautelar que pesaba sobre mi mandante. La parte actora apeló dicha resolución y se le concedió el recurso de apelación con efecto suspensivo.
1º duda: si el recurso fue concedido con efecto suspensivo ¿debo seguir cumpliendo con la cautelar que pesa sobre mi mandante hasta que la Cámara confirme o revoque la resolución?
2º duda: el juzgado está tardando mucho tiempo en elevar el expediente a Cámara, pidiendo oficios a otros juzgados y demás cosas que retrasan la elevación. ¿Puedo pedir la formación de un incidente a efectos de que el expediente se eleve en forma urgente y el juzgado siga recabando información sin dilatar la elevación? En su caso, en base a qué artículo? Dado que el art. 250 es para el caso de que el recurso haya sido concedido con efecto devolutivo, no?
Muchas gracias! Todo comentario será agradecido!!!!
1º duda: si el recurso fue concedido con efecto suspensivo ¿debo seguir cumpliendo con la cautelar que pesa sobre mi mandante hasta que la Cámara confirme o revoque la resolución?
2º duda: el juzgado está tardando mucho tiempo en elevar el expediente a Cámara, pidiendo oficios a otros juzgados y demás cosas que retrasan la elevación. ¿Puedo pedir la formación de un incidente a efectos de que el expediente se eleve en forma urgente y el juzgado siga recabando información sin dilatar la elevación? En su caso, en base a qué artículo? Dado que el art. 250 es para el caso de que el recurso haya sido concedido con efecto devolutivo, no?
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