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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1166799  por marita1980
 
HOLA A TODOS, después de pasar varias ejecuciones me ha llegado el momento de cobrar los honorarios regulados, a pagar por ANSES, apelados ...y firmes al fin.
bien, al momento de practicar liquidación las sentencias de cámara han dispuesto "...% de toda suma que resulte al pago del jubilado", cuando baja de Cámara, practico liquidación por el monto que efectivamente cobro mi cliente (generalmente después de tener sentencia de aprobación de liquidación de reajuste, Anses paga o la jueza embargo y cuando di por terminado, sigo para que se resuelva tema honorarios).
En el federal 7 de capital federal, cuando practiqué liquidación por toda suma que percibio el jubilado en la ejecucion, me hacen saber que haga una nueva liquidación con los montos aprobados por sentencia anterior (la que resolvía los montos a abonar al jubilado), pero es que muchas veces gracias a seguir ejecutando por ampliación de ejecución es que cobran y estos montos no estarían incluidos según el jfss7.
Pregunta entonces: la liquidación a la que se refiere la cámara cuando dice por cualquier monto que perciba el beneficiario, es lo que la juez aprobó o todo lo que cobro? yo interpreto esto ultimo
Ahora metí un escrito reiterando los términos de la sentencia de cámara, pero porque me dicen esto?