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 #1167161  por astur
 
Colegas, dudas en una liquidacion finaL: COMERCIO VENDEDOR
Fecha de despido 2 de marzo (envio de telegrma) - debe pagar mes integracion marzo? y preaviso abril?
3 años de antiguedad.
sac - x los 4 meses de 2017?
vacaciones x los 4 meses?
El sueldo bruto que tomo, es el basico + antiguedad y presentismo?

Otro tema: cobraba una parte en negro - se la reclamo por telegrama
Despues de que cobre la liquidacion??
 #1167200  por fernando1983
 
Debe pagar días trabajados del mes de marzo (2), integración del mes de despido por los días restantes de marzo, SAC sobre integración.
Eso siempre y cuando la fecha de despido sea el 2 de marzo (mirá que se tomá en cuenta la fecha de recepción de notificación, no de envío).
Preaviso el equivalente a un mes, más SAC sobre preaviso.
SAC y Vacaciones proporcional.
Indemnización por antigüedad son 3 sueldos si trabajó menos de 3 años y 3 meses. SI trabajó más de 3 años y 3 meses, corresponde 4 sueldos.
Para la base, se toma en cuenta todos los ingresos remunerativos.
Si cobraba en negro y ya fue despedido, intimá por la 25.323.
También luego de 30 días de finalizada la relación, intimá por certificados art. 80 LCT (si cobraba parte en negro, están mal hechos los mismos y procede la multa).
Saludos,
 #1167207  por astur
 
fernando1983 escribió:Debe pagar días trabajados del mes de marzo (2), integración del mes de despido por los días restantes de marzo, SAC sobre integración.
Eso siempre y cuando la fecha de despido sea el 2 de marzo (mirá que se tomá en cuenta la fecha de recepción de notificación, no de envío).
Preaviso el equivalente a un mes, más SAC sobre preaviso.
SAC y Vacaciones proporcional.
Indemnización por antigüedad son 3 sueldos si trabajó menos de 3 años y 3 meses. SI trabajó más de 3 años y 3 meses, corresponde 4 sueldos.
Para la base, se toma en cuenta todos los ingresos remunerativos.
Si cobraba en negro y ya fue despedido, intimá por la 25.323.
También luego de 30 días de finalizada la relación, intimá por certificados art. 80 LCT (si cobraba parte en negro, están mal hechos los mismos y procede la multa).
Saludos,
Fernando, muchas gracias!!
Los consulto para el telegrama, despues que cobre la liquidacion.
Los dias para que le paguen son 4 habiles?
Me comento el cliente, que tal vez, le propongan pargale en cuotas
Que deberia hacer?
 #1167235  por fernando1983
 
Sí, exacto. 4 días hábiles son.
Muchas veces se arregla pago en cuotas, es parte de la negociación. Dependerá si tu cliente está de acuerdo o no, no tiene por qué aceptarlo. Yo suelo advertirles que ellos son los que deciden, que en juicio se reclamará mucho más que lo que ofrecerán en el SECLO, pero que existen riesgos (sobre todo de insolvencia) y que están muy atrasados los juzgados. En base a eso, si la oferta es razonable y las cuotas no son taaantas (o en todo caso intentá negociar para que sean dos cuotas o tres como mucho), quizá conviene un arreglo.
Saludos,