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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #134571  por maveric
 
queridos colegas, estoy jaquedo, tengo 3 dias para contestar una excepcion de prescripcion de la accion. el punto es que no se desde cuando cuento los dos años, desde el seclo ? o desde que el actor se considero despedido ? y por otro lado la demanda se interpuso a los 2 años y 8 meses desde el despido indirecto. cuanto tiempo suspende el seclo o la CD, necesito justificar los 8 meses. Me podran dar una mano ???Gracias .

 #134588  por "doctoraZA"
 
hola el seclo te interrumpe el plazo de prescripcion por 6 meses, apartir de ahi tenes 2 años para accionar.... fijate en el buscador del portal que se trato este tema con jurisprudencia y todo....
Ahora prescripción de q tipo de acción? por que si es por empleo mal registrado accidentes laborales etc el pazo es de 2 años
pero si se trata de despido y cobro suma de pesos el trabajador tiene hasta 10, espero haberte ayudado!!! :D

 #134758  por MORGAN
 
El seclo suspende, no interrumpe, el cómputo del plazo prescriptivo, según lo que contás estaría prescripto el reclamo, podés alegar la suspensión del CC art. 3986 porque la instancia administrativa -seclo- es obligatoria y establece un plazo menor -6 meses-.

 #134968  por leandroklink
 
[quote=""doctoraZA""]hola el seclo te interrumpe el plazo de prescripcion por 6 meses, apartir de ahi tenes 2 años para accionar.... fijate en el buscador del portal que se trato este tema con jurisprudencia y todo....
Ahora prescripción de q tipo de acción? por que si es por empleo mal registrado accidentes laborales etc el pazo es de 2 años
pero si se trata de despido y cobro suma de pesos el trabajador tiene hasta 10, espero haberte ayudado!!! :D[/quote]
diez años???? no por despido son 2 años.

 #135262  por Marielp
 
Pasame tu mail maverick que tengo un articulo donde explica esto de la prescripcion y hay algunos sumarios a favor de la aplicacion del art. 3986 del Codigo Civil , como bien te sugiere MORGAN que alegues.

 #135312  por "doctoraZA"
 
hola leandrolink no, quizas me exprese mal despido si son dos años pero los creditosl aborales se pueden reclamar dentro de un plazo de hasta 10 años!! saludos
 #136333  por maveric
 
Gracias doctoraZA, si, interprete lo delos 10 años, pero me parece que no prospera, voy a ver la jurisp. Gracias doc.
 #136343  por maveric
 
MORGAN escribió:El seclo suspende, no interrumpe, el cómputo del plazo prescriptivo, según lo que contás estaría prescripto el reclamo, podés alegar la suspensión del CC art. 3986 porque la instancia administrativa -seclo- es obligatoria y establece un plazo menor -6 meses-.
como siempre Morgan , capao capo. Gracias.
 #136346  por maveric
 
Marielp escribió:Pasame tu mail maverick que tengo un articulo donde explica esto de la prescripcion y hay algunos sumarios a favor de la aplicacion del art. 3986 del Codigo Civil , como bien te sugiere MORGAN que alegues.
Marielp, gracias, te paso mail porque he encontrado jurisp. pero todas son medio grises, no me convencen del todo.Gs
 #167929  por liza
 
Marielp escribió:Pasame tu mail maverick que tengo un articulo donde explica esto de la prescripcion y hay algunos sumarios a favor de la aplicacion del art. 3986 del Codigo Civil , como bien te sugiere MORGAN que alegues.
Hola soy liza serías tan amable de pasarme el artículo sobre prescripción. Mi mail es PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com