Mi duda es esta, en un juicio de apremio, sin traslado de demanda, con un previo relativo a una diferencia en los domicilios consignados, no cumplido por la actora; se presenta el demandado y acusa caducidad de instancia
La duda es, si la demanda no había sido despachada, no tenía el traslado ordenado, ¿puede el demandado presentarse y acusar caducidad de instancia? Alguien tiene alguna jurisprudencia sobre el tema?
Cuando se trata de segunda instancia, la jurisprudencia tiene dicho que la instancia se abre con la concesión del recurso, por lo que cabría colegir que la instancia de grado se abre con la providencia que despacha la demanda, pero en general, la jurisprudencia, sin tocar este tema específicamente, dice que es con la presentación de la demanda.
Si alguien puede aportar, desde ya agradecida
La duda es, si la demanda no había sido despachada, no tenía el traslado ordenado, ¿puede el demandado presentarse y acusar caducidad de instancia? Alguien tiene alguna jurisprudencia sobre el tema?
Cuando se trata de segunda instancia, la jurisprudencia tiene dicho que la instancia se abre con la concesión del recurso, por lo que cabría colegir que la instancia de grado se abre con la providencia que despacha la demanda, pero en general, la jurisprudencia, sin tocar este tema específicamente, dice que es con la presentación de la demanda.
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