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 #1167600  por marus80
 
Estimados.

Solicite desglose en un expediente con sentencia de la doc. original ( titulo de propiedad de la moto )
El juzgado indica que no puede hacer entrega porque deben estar en expte, situacion que ya habian indicado dos años atras pero ahora ya hay sentencia solo que el abogado de la demandada solicito ajusten honorarios ( jumbo retail)

A todo esto la persona no puede utilizar la misma, ni venderla , ni hacer nada de nada sin la documentacion. Es mas sigue teniendo que abonar patente por un motovehiculo que no puede usar.

Como puedo volver a solicitar esto para que me lo validen??


Entiendo que es sentido comun pero parece que no.

Espero ayuda de quienes tienen experiencia a ver si puedo finalizar esto, ya que no se gano al menos que ppueda disponer de la moto en el estado que la recupero la policia

GRACIASSSSSSSSSSSSSSS
 #1167603  por legalescom
 
¿Porqué no aclarás, en que ley y art., se basó el juez, para tal negativa?. Muy probable que se trate de un juicio de la Provincia de Buenos Aires, en la que la ley 6716, en su art. 21 dispone:

Art. 21°: (Texto Ley 12.526) Ningún Juez o Tribunal de la Provincia, cualquiera sea su Fuero, podrá aprobar o mandar a cumplir transacciones y conciliaciones, hacer efectivos los desistimientos, dar por cumplidas las sentencias, ordenar trámites de entrega, de adjudicación, o de transferencia de bienes de cualquier clase que fuere, ordenar cancelación de hipotecas y prendas o levantamiento de embargos, inhibiciones, medidas cautelares u otros gravámenes, devolver oficios o exhortos, dar por terminado un juicio o disponer su archivo, sin antes:

1°) Haberse pagado los honorarios, aportes y contribuciones que correspondan a la presente Ley, de conformidad con su regulación o con su convenio dentro del arancel, con respecto a los profesionales de las partes a quienes beneficie la medida, con respecto a los profesionales de las partes a quienes beneficien la medida.
2°) O haberse afianzado el pago de los honorarios, aportes y contribuciones mencionados mediante: depósito de dinero, retención porcentual de dinero, depositado a cuenta del monto del capital del juicio, u otras cauciones de tipo real. Se admitirá así mismo cauciones de tipo personal cuando la solvencia de lo obligado al pago sea notoria a criterio del Juez y no medie oposición de los letrados patrocinantes o apoderados de la parte vencedora.
Quedarán excluidos de esta exigencia, si a ello optara el profesional las actuaciones judiciales realizadas en representación o patrocinio de ascendientes, descendientes consanguíneos o afines, cónyuge y hermanos, cuyos honorarios fueren exclusivamente a cargo de los mismos. La opción en el caso tendrá los efectos de una renuncia expresa definitiva a la regulación y cobro de los honorarios correspondientes. ¿Capisce?
 #1167606  por marus80
 
Es un jucio que tramita en un comercial de CABA.
El proveído .-
Buenos Aires, XX de marzo de 2017. hrc.-
Encontrándose incorporada a la causa la
documentación original no corresponde proveer el desglose
solicitado.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que podrá
peticionar fotocopias de cualquier pieza de la causa las que
oportunamente serán certificadas por la suscripta para su posterior
entrega.-
En cuanto a lo demás solicitado, ocurra por la vía que
corresponda.-

ME resulta raro y no se me ocurre como lograr que me entreguen el titulo Original , ya que sin eso no puede vender , usar, nada....
 #1167609  por legalescom
 
En Capital, si la sentencia está firme, te lo tienen que entregar. Hablá con el secretario.
 #1167617  por marus80
 
Hable y me dijo que presente un nuevo escrito y explique motivos porque si bien hay sentencia , pidieron ajustar honorarios los abogados de la demandada.

El tema es que no puede hacer nada, y es de poco sentido comun.

Intentare nuevamente
gracias por tu ayuda
 #1172041  por mbelp
 
Muy buenas!
Consulta, tengo que iniciar sucesión de mi papa por un inmueble (TODO EN CABA, aclaro por si sirve).
El tema es que la escritura del inmueble esta en el expediente de sucesión de mi abuelo, cuyo co-titular es mi tía. El expte de sucesión de mi abuelo lo mande a desarchivar porque ya pasaron como 13 años sin ningún movimiento.


Acá vienen las dudas:

*Puedo presentar escrito de mi tia pidiendo el desglose de la escritura?
*puedo presentarme directamente yo para pedirlo en virtud de la nueva sucesión para la cual lo necesito?
*tengo que avisar de este movimiento al colega que actuó en la sucesión de mi abuelo?

La sucesión de mi papa es lo primero que hago en el ejercicio de la profesión asique estoy en cero y llena de dudas.

Agradezco su aporte!

Saludos,
 #1172044  por legalescom
 
Ante todo pedí que, la sucesión de tu padre, por razones de conexidad, se radica por ante el mismo Juzgado, en la que está la de tu abuelo y, luego, que se acumulen.