Buen dia colegas.
Les comento que estoy tratando de entender porque me salio el proveido asi. Es mi segunda sucesion. La primera por suerte me salio la inscripcion. Pero esta presente todo y me despacharon lo que copio mas abajo.
Lo que si estoy segura es que el estado parcelario vencia en diciembre del año 2016. Pero cuando fui a la gestoria a realizar el certificado de catastro, me dijieron que no iba a tener problema.
Yo creo que viene por ese lado.
De ser asi, tendria que sacar en la gestoria un nuevo estado parcelario con el agrimensor?
Desde ya muchas gracias
Morón, 14 de Marzo de 2017.LU.-
Agréguese.-
En atención a lo pedido por Liliana Renata y el estado de autos, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada a fs. 34 y vta. con relación a los bienes denunciados en autos: 1) a fs. 79/82 (CIRC III SEC B MANZ 77 PARC 11 MATRICULA 61213 del Partido de Vicente Lopez) y 2) a fs. 83/84 (CIRC IV SEC G MANZ 14a Parc 11 del Partido de Vicente Lopez), a cuyo efecto la Sra. Actuaria expedirá la documentación pertinente.-
Ello previo cumplimiento de lo normado por el art. 21 de la ley 6716, a cuyo fin deberán adunarse valuaciones fiscales actualizadas.-
Fecho, se considerará el pago efectuado en concepto de Tasa de Justicia y su contribución.-
Téngase presente los datos denunciados, para su oportunidad.-
REGISTRESE. NOTIFIQUESE .-
Les comento que estoy tratando de entender porque me salio el proveido asi. Es mi segunda sucesion. La primera por suerte me salio la inscripcion. Pero esta presente todo y me despacharon lo que copio mas abajo.
Lo que si estoy segura es que el estado parcelario vencia en diciembre del año 2016. Pero cuando fui a la gestoria a realizar el certificado de catastro, me dijieron que no iba a tener problema.
Yo creo que viene por ese lado.
De ser asi, tendria que sacar en la gestoria un nuevo estado parcelario con el agrimensor?
Desde ya muchas gracias
Morón, 14 de Marzo de 2017.LU.-
Agréguese.-
En atención a lo pedido por Liliana Renata y el estado de autos, procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada a fs. 34 y vta. con relación a los bienes denunciados en autos: 1) a fs. 79/82 (CIRC III SEC B MANZ 77 PARC 11 MATRICULA 61213 del Partido de Vicente Lopez) y 2) a fs. 83/84 (CIRC IV SEC G MANZ 14a Parc 11 del Partido de Vicente Lopez), a cuyo efecto la Sra. Actuaria expedirá la documentación pertinente.-
Ello previo cumplimiento de lo normado por el art. 21 de la ley 6716, a cuyo fin deberán adunarse valuaciones fiscales actualizadas.-
Fecho, se considerará el pago efectuado en concepto de Tasa de Justicia y su contribución.-
Téngase presente los datos denunciados, para su oportunidad.-
REGISTRESE. NOTIFIQUESE .-